sábado, 11 de febrero de 2017

PARTE II. Analisis de los factores internos: A) Dimensión Curricular

 Parte II  Análisis de los factores internos
A)   Dimensión Curricular
DE LOS ESTUDIANTES
1)    Matricula general
2)    Distribución por género
3)    Distribución por edades

4)    Condiciones de salud características antropométricas (peso y talla), cada tres meses se pesan y tallan y estos son los resultados y comparados con los cuadros están acorde a su edad 

los 3 años pesan entre 14 a 15 k y miden 93 cm a 95   

los de 4 años pesan entre entre 15 a 18 k y miden 1,08 a 1,10 

los de 5 años 18 a 21 k y miden 1,10  a 1,21 cm 

5)    Características  socioeconómicas
      La población que habita en la comunidad de Curaciripa presentan  características; sociales y económicas del grupo familiar están dadas en base a personas poco profesionales y analfabetas  la mayoría conformada por desempleados  y trabajadores de la economía informal con una remuneración salarial mínima en algunos casos.  familias heterogéneas  en las cuales se observan costumbres y tradiciones propias de la comunidad donde se demuestra poca participación e interés en las misma,  así como también en las necesidades educativas, estilo de aprendizaje, en condiciones físicas y mental , en el desarrollo personal, en los valores y actitudes. . 
6)    Características culturales
La cultura de cada comunidad, es la forma de ser de cada persona,  es una forma de vida, de seguir costumbres, practicar sus enseñanzas y más que nada ser buenas personas como lo eran nuestros ancestros, como lo son nuestros padres, como nosotros somos y serán nuestros hijos para preservar el estilo de vida de la comunidad llevar a cabo las enseñanzas que nos inculcan nuestros padres para así no perder la tradición y enseñarla  a las futuras generaciones, en esta comunidad en particular celebran la cruz de mayo, la fiesta de carnaval, dia de las madres, festival del joropo, entre otras tradiciones culturales.
7)    Clima organizacional
     El ser humano, con el fin de satisfacer ciertas necesidades, busca relacionarse de algún modo con sus compañeros en sus actividades, ya sean laborales o personales. Es importante señalar, que la comunicación de acuerdo a diversos autores, es una herramienta fundamental en la vida cotidiana de los individuos, quienes la utilizan para transmitir sus ideas, pensamientos y sentimientos; de igual manera es utilizada en las organizaciones para el conocimiento de los objetivos, manejo de la información y cumplimiento.
     Cada organización es única. Mucho más allá de las estructuras formales que componen una organización, todo grupo humano desarrolla características especiales. Tanto la cultura como el clima de una organización son el resultado de todas sus características, es decir, sus integrantes, sus éxitos y sus fracasos. Es por ello que cada organización desarrolla una personalidad determinada. En el caso de las organizaciones educativas, se aprecia un ambiente o atmósfera que permite establecer diferencias con otras instituciones. Es así como el clima organizacional en instituciones educativas constituye un conjunto de características psicosociales que vienen determinadas por todos aquellos factores o elementos estructurales, personales y funcionales de la institución que son condicionantes de sus productos educativos. tal sentido el clima organizacional del CEIE Curaciripa se aprecia siempre un clima de amistad, respeto mutuo, empatía, entre todos los actores educativos y representantes.
8)    Normas de convivencia 
     Se necesitan normas de convivencia para poder asegurar que los derechos no se ven vulnerados y los deberes de cada uno no se vean burlados. En este sentido, cabe destacar que los derechos y deberes de cada uno son fundamentales conocerlos bien por toda la comunidad escolar para evitar problemas y conflictos. Con las normas de convivencia escolar se pretende que los profesionales docentes, profesionales no docentes, alumnos e incluso los padres desde los hogares sepan qué deben hacer, cómo deben comportarse y qué es lo que deben hacer a cada momento determinado.
      Las normas de convivencia están plasmadas en los documentos internos de todos los centros educativos, pero será deber del mismo centro y de cada maestro y profesor transmitirlo a los alumnos y a las familias para que de este modo puedan saber cómo comportarse uno mismo y ante los demás en el centro escolar.  Aunque las normas de convivencia nos ayudarán a resolver problemas y conflictos, siempre pueden ocurrir. Cuando existe algún tipo de conflicto en la escuela es conveniente poder que todas las partes interesadas se involucren en una búsqueda de soluciones donde todas las partes puedan salir bien situadas.
                                      

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
CENTRO DE EDUCACIÓN INICIAL ESTADAL “CURACIRIPA”
CHARALLAVE ESTADO MIRANDA
CODIGO DEL PLANTEL: 0D10491508
Fundado en el año 2001
Mayo, 2017

 MANUAL DE LAS NORMAS DE CONVIVENCIA 
  

INTRODUCCIÓN

El presente documento constituye el Reglamento Disciplinario que regirá el funcionamiento del “Centro de Educación Inicial Estadal Curaciripa” con el objeto de sistematizar la acción escolar. Con las siguientes disposiciones, cuyo cumplimiento tiene carácter obligatorio, toda vez que de ellos depende la mejor convivencia entre todos los integrantes de la comunidad con la finalidad de garantizar a todos los estudiantes y las estudiantes una educación integral, de calidad y permanente que contribuya al conocimiento y estudio de la Constitución, el amor a la patria, a las virtudes trascendentales del Estado venezolano, como Estado democrático y social de derecho y de justicia, de acuerdo al principio de colaboración de poderes, en especial lo dispuesto en el Título V, artículos 54, 55, 56 y 57 de la Ley Orgánica del Poder Ciudadano.
Es por lo señalado, que estas reglamentaciones tienen como objetivos fundamentales
: • Establecer un trabajo mancomunado, que propicie la convivencia respetuosa y solidaria, estimulando la responsabilidad y la disciplina dentro del plantel
. • Facilitar el desarrollo gradual de la inteligencia, sensibilidad y valores morales de los educandos mediante la formación de hábitos en un contenido social adecuado, dirigido al bien común.
 • Establecer principios y normas que permiten agilizar el cumplimiento de los planes y programas educativos.
 • Especificar las atribuciones y funciones de los miembros de la comunidad escolar.
• Su finalidad es unificar los criterios y normas por los cuales se regirá la institución, orientando a directivos, docentes, educandos, padres y representantes en el desenvolvimiento de la vida institucional y favoreciendo los procesos de enseñanza y aprendizaje óptimos que toda la Comunidad Escolar aspira lograr.





“CENTRO DE EDUCACION INICIAL ESTADAL CURACIRIPA”.
Año Escolar
2016 -2017

ACUERDOS DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y COMUNITARIA

TÍTULO I.-   DISPOSICIONES FUNDAMENTALES.
CAPITULO.I.- IDENTIDAD INSTITUCIONAL

Artículo.1             NOMBRE DEL PLANTEL Y DIRECCIÓN.

Centro de Educación Inicial Estadal Curaciripa   Ubicación geográfica Charallave Estado Miranda Barrio Curaciripa sector C parte alta   Código estadístico, 152363  DEA, OD10491508  adscrito al municipio escolar   Circuito 9

Artículo. 2                      RESEÑA HISTÓRICA.
C.E.I.E. “Curaciripa”, se funda el 15 de Octubre de 2001, siendo el Gobernador Enrique Mendoza,  con 2 docentes de aula, una auxiliar y un bedel. La estructura física del plantel es de 2 salones, con dos baños, una dirección y un espacio para la cocina, con bastante ventilación y luz. En el año 2008 la gobernación  con el mandato de Diosdado Cabello se construyen  2 aulas más para tener 4.  El agua no llegaba  por tuberías, ya que faltaba  la instalación  actualmente se cuenta con 3  tanques de agua , los baños no cuentan con cloacas, sino pozo séptico. En la parte externa tiene un pequeño jardín, y un parque en buenas condiciones. La dotación fue de 6 mesas con 36 sillas, 2 estantes, 2 tinas para agua y arena, con ayuda de los padres y representantes, comunidad, comercios, escuelas y personal docente, se logró ambientar, y tener materiales para ofrecerle un ambiente de aprendizaje a los educandos. En el mes de abril de 2002 , la gobernación de Miranda, nos hizo entrega de una dotación para un aula, el cual fue compartido a las dos (2) existentes. El preescolar funciona solo en el turno de la mañana. La población que reside allí desde hace más de 20 años, en su mayoría es invasora. Los terrenos pertenecen al municipio Cristóbal Rojas de Charallave, la carretera es de Cemento, Cuentan con luz eléctrica, cloacas, agua por tubería, hay una línea de transporte rústico (5) unidades de las cuales funcionan (2), y cuando están accidentados hay que subir a pie.
Actualmente funcionan  3 secciones con 3 docentes graduadas en Educación preescolar, una subdirectora titular Licda en Educación mención Preescolar, con maestría en gerencia educativa por concurso de ascenso y méritos desde el año 2012, con 15 años de servicios en el plantel, 2 obreras fijas, una madre procesadora en calidad de colaboradora, una matrícula de 75 niños y niñas con edades comprendidas de 3 a 6 años de edad. 

Artículo  3.                             MISIÓN Y VISIÓN.
Misión La formación y el aprendizaje de los niños y niñas, del centro de hoy se convierte en un lugar donde se ensayan todas las conductas, a los efectos de aprender mediante la experiencia “aprender haciendo”, donde lo esencial es la práctica pedagógica y la actualización que tenga el personal docente,  esto le va a permitir buscar nuevas alternativas para obtener la excelencia educativa. Así como también la incorporación a los representantes en la institución para que puedan participar y conocer la realidad de la misma, para lograr con ello la solución de toda problemática que se presente.
Visión Formar niños y niñas críticos conscientes de la solidaridad social donde se desenvuelven para producir cambios significativos con docentes participativos, dinámicos, orientador, facilitador del aprendizaje, dar impulsos asumir retos, estimular  y exigir en términos de lo que cada niño o niña pueda hacer con su espíritu de superación , vocación de servicio y dispuesto al cambio en práctica pedagógica, donde haya integración de la comunidad en forma continua y permanente en el proceso de formación de los educandos. Igualmente se aspira que en el futuro la institución sea Bolivariana para que beneficie a la población estudiantil.

Artículo  4.                FILOSOFÍA DE LA INSTITUCIÓN.
La convivencia y la disciplina son elementos indispensables en todas las sociedades humanas para que estas alcancen las metas que se han propuesto , es por ello, que en la  institución educativa se transmiten y ejercitan los valores,  orientada hacia el desarrollo de la persona como ser social y la universalización de los derechos fundamentales, desde una perspectiva humanista.

Artículo 5    PERFIL DE LOS NIÑOS Y NIÑAS  A FORMAR EN EL CEIE CURACIRIPA
El centro de Educación Inicial Estadal Curaciripa  debe lograr la formación de un individuo:
• Analítico, crítico, culto reflexivo y comprometido con los cambios de la sociedad;
• Feliz, generoso, honrado, con amor por la vida, la paz y la libertad;
• Creativo, espontáneo, libre, sensible, curioso e imaginativo;
• Abierto al cambio, emocionalmente seguro, con motivación interna;
• Con espíritu de investigación, exploración y cuestionamiento;
• Que valore el lenguaje como medio de comunicación y satisfacción de las necesidades
• Que valore la lectura y la escritura como medio para desarrollar sus potencialidades creativas sobre la base del derecho a la expresión libre y espontánea de las ideas.
• Que valore y disfrute las manifestaciones deportivas y las producciones científicas, literarias y artísticas, nacionales y universales;
• Que disfrute la actividad física y valore la salud corporal, mental y social como factores de preservación de la vida;
• Aprecie el uso del idioma Castellano como reafirmación de identidad;
• Que reconozca la familia como base esencial de la sociedad;
• Con conciencia ecológica, aprecio y valoración del patrimonio natural y cultural de la nación venezolana y del planeta;
• Que sienta interés y simpatía con otras culturas;
• Que valore el esfuerzo, el trabajo y el estudio como fuente de avance personal y social
• Respetuoso de los deberes y derechos propios y ajenos;
• Responsable, sincero, justo, solidario, participativo, tolerante;
• Promueva el mejoramiento personal y social a través de su participación activa y consciente en acciones comunitarias;
• Que participe de manera permanente y entusiasta en actividades culturales,
Científicas y deportivas;
• Que trabaje en grupos y mantenga relaciones interpersonales abiertas y positivas
• Que comprenda los procesos que permitan el equilibrio natural y el funcionamiento social;
• Que se reconozca como un individuo productivo y como un elemento integrador y
Transformador del ambiente natural y social. En definitiva  ‘‘El Centro de Educación Inicial Estadal Curaciripa  ’’ debe contribuir a generar un proceso donde todos sus integrantes alcancen este perfil.

Articulo 6   PERFIL DEL NIÑO Y DE LA NIÑA QUE EGRESA DE EDUCACIÓN INICIAL
El Ministerio de Educación, Cultura y Deportes (2005) en el Currículo Básico Nacional de Educación Inicial, define el perfil de competencias del niño y la niña de la fase preescolar,  en función de cuatro aprendizajes fundamentales: aprender a conocer, aprender a hacer, aprender a convivir y aprender a ser, concebidos de una manera global
Aprender a conocer, este aprendizaje se orienta hacia la adquisición de los  instrumentos de la comprensión, entre las competencias que debe poseer el niño y la niña
-Aprende a reconocerse a sí mismo como parte diferente y, a su vez, integrante en su entorno inmediato.
-Aprende a aprender utilizando todas sus potencialidades, motrices, sensoriales, afectivas, cognitivas y sociales.
-Aprender a reconocer códigos lingüísticos, matemáticos, científico y sociales y desarrolla capacidades de comunicación, curiosidad intelectual, sentido crítico y autonomía de juicio.
Aprender a hacer, este aprendizaje se refiere a las habilidades que adquiere el niño en esta fase preescolar para poder influir en el entorno.
- Fortalece su capacidad de movimiento orientado hacia la acción pertinente.
-Utiliza los objetos, instrumentos y materiales disponibles como herramientas para modificar su entorno.
- Aplica procesos de pensamiento experiencias y conocimientos en las diversas situaciones y problemas que confronta.
- Participa en el hacer y en la creación colectiva en los entornos dentro de los cuales se desarrolla.
- Aprender a convivir, este tipo de aprendizaje le permite al niño y niña de la fase preescolar participar y cooperar con los demás en todas las actividades humanas.
-Comienza a identificarse como sujeto diverso y ser social a través de su participación activa dentro de la comunidad.
-Desarrolla el interés por el otro y reconoce la importancia de la solidaridad y la cooperación mutua.
-Comienza a sentir empatía e interés por el otro.
-Se incorpora al trabajo en grupo y mantiene relaciones interpersonales abiertas y positivas.
Aprender a ser, representa la síntesis de los tres tipos de conocimientos anteriores, entre las características del niño y la niña en este sentido,
- Comienza a reconocerse como sujeto integrante y a su vez como sujeto diverso en los diferentes entornos.
- Se muestra como un ser original y creativo, capaz de demostrar curiosidad y espontaneidad en sus acciones.
- Se reconoce como un yo dinámico que valora y disfruta de las actividades físicas, lingüísticas, sociales y estéticas.
- Desarrolla una conciencia ecológica de amor por la naturaleza y por su entorno particular.

TITULO II.- OBJETOS Y JUSTIFICACION DEL ACUERDO DE  CONVIVENCIA ESCOLAR Y COMUNITARIO.
CAPITULO I.- OBJETIVOS DEL ACUERDO DE  CONVIENCIA ESCOLAR Y COMUNITARIO.
Articulo 7                       OBJETIVO GENERAL.
Integrar a los diversos actores que hacen vida en el quehacer Educativo de nuestra Institución Padres, Madres,  Representantes, niños, niñas y el personal en general en el desarrollo de las actividades, a través de la participación protagónica y corresponsable de las familias, la comunidad educativa y las organizaciones comunitarias, para fortalecer la convivencia escolar para la paz.


Articulo  8                 OBJETIVOS ESPECÍFICOS.

1)    Promover el trabajo colectivo y solidario entre los agentes que intervienen en el Proceso Educativo.
2)    Desarrollar en los niños,  niñas, representantes y personal en general el proyecto sobre el Plan Pilas. Semillitas de paz
3)    Propiciar la incorporación y participación de los niños, niñas en las actividades relacionadas a nuestras costumbres y tradiciones desarrolladas en nuestra institución, profundizando la lectura y escritura a través de cuentos, trabalenguas, poemas entre otras.
4)    Promover el trabajo cooperativo en cuanto a las mejoras de las instalaciones y el del entorno de la institución.
5)    Coordinar con los medios de comunicación acciones conjuntas en la que participen niños, niñas, docentes y representantes .para reforzar  la convivencia.

CAPITULO III  JUSTIFICACION DE LOS ACUERDOS DE  CONVIVENCIAS ESCOLAR Y COMUNITARIO.
Artículo 9                              JUSTIFICACIÓN
Las normas de convivencia, contribuyen al buen funcionamiento de las relaciones sociales y al bienestar común. Para introducir las normas en el funcionamiento del preescolar es necesario que estas sean asumidas, en primer lugar por el personal docente, administrativo, obreros, comunidad educativa y representantes, estimulando  a los estudiantes a través de la labor diaria en un clima cálido, afectuoso, y transmisor de seguridad emocional, para que llegue a la comprensión de que las normas son un bien común. De esta manera adquiere un alto valor educativo. Por lo tanto se justifica el presente manual de las normas de convivencia escolar porque el estudiante necesita saberse protegido por unos acuerdos que todos van a cumplir al tiempo necesita saber con claridad hasta donde puede llegar su libertad.

Artículo 10   FINES DE LOS ACUERDOS DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y COMUNITARIA
En el centro de Educación Inicial Estadal Curaciripa, se establecen las siguientes normas con el fin de mantener los acuerdos de convivencias en las aulas
1.    Tener siempre el salón limpio y colocar la basura en la papelera
2.    Escuchar atentamente a la persona que habla y levantar la mano para pedir la palabra.
3.    No gritar en la clase, ya que esto impide que los compañeros trabajen con tranquilidad.
4.    No pelear, ni empujarse, ni hacer nada que pueda dañar a un compañero, ya que todos los niños son amigos.
5.    Cuidar los materiales y juguetes del aula.
6.    Respetar el turno de la fila
7.    Desplazarse por la clase sin molestar a los niños y niñas que trabajan ( no corre, no subirse a la mesas y sillas)
8.    La participación de todos y cada uno de los miembros del Consejo Educativo.
9.    La inclusión e integración de madres, padres, representantes y responsables en las diferentes organizaciones comunitarias.
10. Que la escuela practique la equidad, la inclusión y la formación de ciudadanos  (as) para el bien común.
11. Que se construya un espacio para la paz, reconocimiento de diversidad cultural, incluyendo el respeto reciproco, comprensión mutua e igualdad de género haciendo énfasis en el bien común.
12. La valorización ética y social del trabajo como un proceso liberador que permita el ejercicio y el desarrollo socioproductivo del país.

Artículo 11.      ACTORES INVOLUCRADOS.
Director (a), personal docente, obrero, administrativo, consejo educativo, comunidad educativa, estudiantes, padres, madres y representantes

Artículo 12       ÁMBITO DE APLICACIÓN.
Será aplicado de acuerdo a los artículos, referidos a los actores personal directivo, docente, administrativo, obrero, madres, padres, representantes o responsables, niños y niñas   de llegar a  incurrir en una falta establecidos en el siguiente manual de convivencia

Artículo 13  DIFUSIÓN, PUBLICIDAD Y MODIFICACIÓN.
El presente manual de convivencia se presentara ante la oficina del Consejo de derechos, de Niños, Niñas, y adolescentes  del Municipio Cristóbal Rojas , a la Región Educativa Charallave Cua, para su debido estudio, conocimiento,  modificación o aprobación. Asimismo será distribuido entre todos los padres, madres y representantes para que conozcan todas y cada una de las normas que deben cumplir y respetar en la escuela, todas aquellas personas vinculadas con el proceso de enseñanza aprendizaje de sus hijos.

Artículo 14  De la organización de la Mesa de Trabajo para la construcción y/o Revisión de los acuerdos de convivencia escolar y comunitaria.

TITULO III MARCO LEGAL
CAPITULO I   NORMATIVA LEGAL DE SUSTENTACIÓN Y TEORICA
Artículo 15 .
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999):
Es la expresión de la soberanía nacional, producto de la convocatoria del poder Constituyente originario del pueblo  e impulsado por la República Bolivariana de Venezuela pacífica y democrática dirigida por el presidente “Hugo Rafael Chávez Frías” quien había asumido el compromiso con el pueblo de Venezuela. (Artículos 3, 75, 78,102,y 103)
Convención sobre los Derechos del Niño (1989):
Es la aceptación casi universal de la comunidad de naciones, la Convención sobre los Derechos del Niño ha servido para llamar la atención por primera vez sobre la dignidad humana fundamental de todos los niños y la necesidad urgente de asegurar su bienestar y su desarrollo. Considerado el instrumento jurídico más poderoso para el reconocimiento y la protección de los derechos humanos de los niños- niñas.
Ley  plan de la Patria (2013):
Son  atribuciones del Poder Legislativo Nacional se encuentra la facultad de aprobar las Líneas Generales del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación, presentado por el Ejecutivo Nacional de conformidad con lo previsto en el artículo 187, numeral 8, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Ley Orgánica de Educación (2009):
Tiene por objeto desarrollar los principios y valores  rectores, derechos, garantías y deberes en educación, que asume el estado como función indeclinable y de máximo interés, de acuerdo con los principios constitucionales y orientados con valores éticos, humanistas para la transformación social.
Reglamento General de la Ley Orgánica de Educación (2003):
Tiene como objeto establecer  normas y directrices complementarias sobre el sistema y el proceso de los regímenes educativos.
Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (2007):
Esta Ley tiene por objeto garantizar a todos los niños y adolescentes, que se encuentren en el territorio nacional, el ejercicio y el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías, a través de la protección integral que el Estado, la sociedad y la familia deben brindarles desde el momento de su concepción. (Artículos desde el 53 al 68)
Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (2007):
La presente Ley tiene por objeto garantizar y promover el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, creando condiciones para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en cualquiera de sus manifestaciones y ámbitos, impulsando cambios en los patrones socioculturales que sostienen la desigualdad de género y las relaciones de poder sobre las mujeres.
Ley Nacional de la Juventud (2006):
La presente Ley tiene por objeto regular y desarrollar los derechos de la juventud, a fin de otorgar a los jóvenes y las jóvenes las oportunidades para su pleno desarrollo hacia la vida adulta productiva, incluyendo garantías para su capacitación, primer empleo y su participación en el proceso de desarrollo nacional mediante políticas del estado.
Ley Sobre Procedimientos Especiales en Materia de Protección Familiar de Niños, Niñas y Adolescentes (2010):
Esta ley tiene por objeto regular los procedimientos especiales en materia de protección familiar de niños, niñas y adolescentes de carácter administrativo y judicial, como la conciliación, mediación y otros medios de iniciativa popular para resolver las controversias familiares, proteger los derechos humanos y garantías de los niños, niñas y adolescentes, así como para promover la paz, la armonía familiar, comunitaria y social.
Ley para Personas con Discapacidad (2006):
Los principios de la presente ley  rigen en  las disposiciones del  humanismo social, protagonismo, igualdad, cooperación, equidad, solidaridad, integración, no segregación, no discriminación, participación, corresponsabilidad, respeto por la diferencia y aceptación de la diversidad humana, respeto por las capacidades en evolución de los niños y niñas con discapacidad, accesibilidad, equiparación de oportunidades, respeto a la dignidad personal, así como los aquí no enunciados y establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en los tratados, pactos, convenios, convenciones, acuerdos, declaraciones y compromisos internacionales e intergubernamentales, válidamente suscritos y ratificados o aceptados por la República.
Ley Orgánica para los Pueblos y Comunidades Indígenas (2005):
Se reconoce y protege la existencia de los pueblos y comunidades indígenas como pueblos originarios, garantizándole los derechos consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, los tratados, pactos y convenios internacionales y otras normas de aceptación universal, así como las demás leyes de la República, para asegurar su participación activa en la vida de la Nación venezolana, la preservación de sus culturas, el ejercicio de la libre determinación de sus asuntos internos y las condiciones que los hacen posibles.
Ley Orgánica Contra Toda Forma de Discriminación Racial (2011):
Ley tiene por objeto establecer los mecanismos adecuados para prevenir, atender, erradicar y sancionar la discriminación racial en cualquiera de sus manifestaciones, garantizando a toda persona y grupos de personas, el goce y ejercicio de sus derechos y deberes consagrados en la Constitución, leyes, tratados, pactos y convenios internacionales relativos a derechos humanos, suscritos y ratificados por la República.
Ley Orgánica del Poder Ciudadano (2001):
Es un órgano de expresión, integrado por el Defensor o Defensora del Pueblo, el Fiscal o la Fiscal General de la República y el Contralor o Contralora General de la República y se ejerce por el Consejo Moral Republicano.
Ley Orgánica del Deporte, Actividad Física y Educación Física (2011):
El Ministerio del Poder Popular asumirá la rectoría del Sistema Nacional del Deporte, la Actividad Física y la Educación Física y tendrá la competencia en estas materias, asumiendo como función la masificación de la educación física, la actividad física y el deporte en beneficio de toda la población.
Leyes del Poder Popular (2011):
La postulación de principios de autogestión y cogestión como parte integral del poder popular.   
Ley Orgánica de Drogas (2010):
Esta Ley tiene por objeto establecer los mecanismos y medidas de control, vigilancia y fiscalización en el territorio nacional, a que serán sometidos los estupefacientes y sustancias psicotrópicas, así como las sustancias químicas, precursoras y esenciales, susceptibles de ser desviadas a la fabricación ilícita de drogas; determinar los delitos y penas relacionados con el tráfico ilícito de drogas.
Ley Orgánica del Ambiente (2006):
Esta Ley tiene por objeto establecer las disposiciones y los principios rectores para la gestión del ambiente, en el marco del desarrollo sustentable como derecho y deber fundamental del Estado y de la sociedad, para contribuir a la seguridad y al logro del máximo bienestar de la población.

Fundamentación teórica

El nivel preescolar se orienta a los niños y niñas desde los 3 hasta cumplir los 6 años de edad o hasta su ingreso al primer grado de Educación Básica.
El currículo básico Nacional de Educación Inicial ( 2005) señala que “ El paradigma educativo que se construye en el país tiene como centro al ser humano como ser social, capaz de responder y participar activamente en la transformación de la sociedad en que vive”  (pág. 16).
Se apoya en la teoría Humanista social que se entiende el desarrollo como un proceso que se produce a lo largo de toda la vida y que se origina por la combinación de estructuras biológicas (lo genético) y las condiciones sociales y culturales (medio ambiente), son varios autores que apoyan esta afirmación como (Stern, Piaget, Vigotsky  y Liontiev). Así mismo se enfoca en la teoría del desarrollo infantil de Erikson (1963) citado por el  (MPPPE 1998).
En la teoría del desarrollo cognitivo  de Jean Piaget (1980) el conocimiento se logra a partir de la acción, lo que implica favorecer la interacción del sujeto con su medio, el aprendizaje activo, favorecer el espíritu investigativo, critico, creativo y autónomo. Y por último en el aprendizaje significativo de Ausubel (M.E 2001)
      Fundamentos teóricos de la psicología del desarrollo y del aprendizaje social
      Educación en  valores y desarrollo moral y cívico.
      Organización escolar
      Principios de educación inclusiva y compensación de desigualdades.

Fundamentación filosófica

Esta acorde con la filosofía de Simón Rodríguez, citado por (Rubilar 2004) quien esboza una educación practica y social que sustenta todo el sistema y preestablece los vínculos individuo como instrumentos de “formación de ciudadanos”. Vista la escuela como “centro activo, práctico ligadas a las necesidades reales del educando”. Con esta visión concibe el saber experiencial, para aprender, del conocimiento para hacer , producir y crear (p..2)


TÍTULO IV

ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LA INSTITUCIÓN DIRECCION Y SUBDIRECCION


(ORGANIGRAMA)




Capitulo I.  

DIRECCIÓN  SUBDIRECCION

Articulo 16     LA DIRECCIÓN
esta función  administrativa es la mas estratégica para dinamizar el funcionamiento institucional, y se ejercita mediante la influencia personal subalternos- docentes- y no docentes para que debidamente orientados y conducidos realicen en forma entusiasta y eficiente sus funciones, tendentes al logro de los objetivos y metas.

Articulo 17      LA SUBDIRECCIÓN

 Representa, el cuerpo directivo del plantel  donde las actividades técnicos- docentes y administrativa, son procesadas en concordancia con los objetivos educacionales y su función primordial es trabajar conjuntamente con la dirección.

Articulo 18       DIRECTOR


El director del CEIE CURACIRIPA, es la primera autoridad y el supervisor nato del mismo le corresponde cumplir y hacer cumplir el ordenamiento jurídico aplicable en el sector educativo, impartir las directrices y orientaciones pedagógicas, administrativas y disciplinarias, por el ministerio  del poder popular para la Educación y otras autoridades. Asimismo es el órgano autorizado para dirigirse a la Región educativa Charallave- Cúa, respectos a los asuntos del gobierno y organización del establecimiento. Además de las contempladas en la legislación Escolar vigente y el reglamento del ejercicio de la profesión docente.
 

Artículo 19    SUBDIRECTOR

Comparte con el director las responsabilidades del ejercicio de la función directiva en los aspectos de la organización, la administración, en lo pedagógico y  la supervisión del plantel.

Artículo 20    PERFIL DEL DIRECTIVO:

El directivo se caracteriza por ser un ciudadano (a):

      Con liderazgo
      Organizador de actividades de capacitación y formación de servicio. Que domine diversos métodos de planificación, organización y control.
      Con dominio en técnicas de motivación.
      Ímpetu para estimular a sus colegas.
      Responsable al crear y mantener un ambiente de aprendizaje en la institución.
      Con destrezas y técnicas para organizar y administrar presupuestos.
      Evaluador de la institución.
      Objetivo al momento de reconocer logros y fracasos.
      Facilidad en la elaboración de informes, presupuestos, horarios, actas, minutas y otros.
      Conductor de reuniones efectivas.
      Con actitudes de compromiso hacia la comunidad educativa.
      Abierto a la crítica.
      Evaluador, motivador, investigador y supervisor con amplios conocimientos en ámbito educativo.

Artículo 21     PERFIL DEL SUBDIRECTOR:

El Sub-directivo se caracteriza por ser un ciudadano (a):


      Ejercer un liderazgo democrático - humanista.
      Sentido de responsabilidad en el cumplimiento de su deber.
      Flexible ante situaciones de trabajo.
      Crear soluciones a situaciones imprevistas.
      Comprometido con los objetivos de la Institución.
      Toma de decisiones adecuadas en el momento oportuno.
      Idoneidad  en la labor técnico administrativa del Plantel.
      Habilidad y destreza para gerencial, organizar, administrar, supervisar, orientar,
      Planificar, evaluar, motivar y liderizar.


Articulo 22      DEBERES Y ALCANCES DEL PERSONAL DIRECTIVO Y SUB-DIRECTIVO:

      Representar oficialmente al Centro Educativo.
      Garantizar que cualquier decisión que se tome esté en concordancia con el
      Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC) de la escuela y la Normativa
      Legal emanada por el Ministerio del Poder Popular para la Educación.
      Supervisar, orientar y evaluar al personal docente, administrativo y obrero.
      Supervisar las actividades escolares de rutina y especiales, ya sea directamente o a través de sus colaboradores inmediatos.
      Convocar y presidir por sí mismo(a) o por delegación, todos los actos académicos y reuniones docentes así como las Asambleas Generales reuniones con los Padres y Representantes, a fin de informarles acerca del funcionamiento y necesidades de la Institución e integrarlos a la labor educativa.
      Velar  conjuntamente con los Coordinadores y Docentes por el comportamiento adecuado del alumnado y por el buen uso y mantenimiento de la planta física, mobiliario y material didáctico.
      Elaborar el Proyecto Educativo Integral Comunitario y promover su cumplimiento.
      Firmar la correspondencia y demás documentos emanados del Centro Educativo.
      Controlar el envío de recaudos administrativos a las distintas dependencias del Ministerio del Poder Popular para la Educación.
      Organizar o coordinar la asistencia a talleres de capacitación, adiestramiento, mejoramiento o reflexión, para lo docentes.
      Revisar el libro de registro de asistencia y puntualidad para el personal docente y administrativo, asentando la hora exacta de llegada.
      Estrechar las relaciones entre el plantel, el hogar y la comunidad educativa, con el objeto de establecer una efectiva cooperación.
      Convocar y presidir el consejo técnico docente, consejo general de docentes, consejo de curso y someter a su consideración los asuntos reglamentarios o aquellos cuya importancia lo requiera.
      Presentar y someter a la consideración del consejo general de docentes en su primera sesión del año escolar, los lineamientos generales que sirvan de base al plan de trabajo anual.
      Conocer el contenido y alcance de la constitución, leyes y reglamentos relacionados con el ámbito educativo y emanado de las autoridades competentes.
      Colaborar con el Supervisor del Municipio Escolar en el cumplimiento de las funciones relativas al plantel.

LOS 10 MANDAMIENTOS DEL DIRECTOR

1.  Analice y programe el empleo de su tiempo. El tiempo es su más precioso recurso y, además, irrecuperable. Se avaro con él.
2.   El respeto a la dignidad de las personas es la clave de las relaciones humanas. Otorgue sin discriminaciones, un trato ecuánime, considerado y respetuoso a sus colaboradores.
3.   La buena supervisión es aquella que logra un justo equilibrio entre los derechos e intereses de los colaboradores de la empresa y los de sus propietarios. Busque siempre este equilibrio.
4.   Supervisor sensato es el que mantiene una honrada posición entre el presente y el futuro en cuanto al objetivo de obtenerse beneficios crecientes. No sacrifique el porvenir de la empresa para mostrar este año utilidades espectaculares.
5.  No concentre funciones. Asuma el riesgo de delegar. Así desarrollará el potencial latente de sus colaboradores y podrá dedicar más tiempo a su trabajo específico de dirección.
6.   No es posible el desarrollo de una escuela sin el desarrollo de sus recursos humanos. Sea un maestro en seleccionar, promover, estimular y educar a sus colaboradores.
7.    Como miembro del sector dirigente más dinámico de la sociedad, el Director debe estar a la vanguardia en la permanente adquisición de conocimientos. Manténgase al día en formación / información.
8.     Todo sistema  tiene sus líneas productivas básicas. Cuando piense en el desarrollo de nuevas líneas, no desperdicie lo cierto por andar detrás lo incierto. Sueñe un poco pero jamás deje de ser hombre  o mujer realista.
9.  Los actos y ventajas indebidos impugnan a la integridad moral. No viole los principios éticos ni aun en beneficio de la empresa, será su mejor decisión.
10.   Todo no ha de ser negocios, no caiga en la unídimensionalidad. Enriquezca su vida en el amor y el afecto a sus colegas, sus amistades, sus hijos, la humanidad, la naturaleza; y en la atención y el entusiasmo por otros valores humanos.
El Director o Directora , presentará durante el mes de septiembre a la Comunidad Educativa la programación de las actividades a realizarse en el año escolar, así como el Proyecto Educativo Integral Comunitario que será redactado en el mes de julio con la participación activa del personal docente, administrativo, obrero, consejo educativo , Comunidad Educativa y representantes. (Artículo 67 del Reglamento de la Ley Orgánica de Educación).
Es potestad del director, suspender las actividades académicas cuando lo considere necesario y ajustándose a la normativa legal, de igual forma debe comunicarle a la Comunidad Educativa el motivo de la interrupción.
El Director o Directora del CEIE Curaciripa  tiene la potestad de convocar, presidir y establecer el orden del día de las reuniones del Consejo de docente, Consejo General de Docentes, Consejo Técnico de Docentes, Equipo Técnico Gerencial, Consejo Directivo, cuando lo amerite previo aviso no menor a 48 horas para reuniones extraordinarias y para reuniones ordinarias un lapso de 72 horas o tres días hábiles
Cumplir y hacer cumplir el presente Reglamento y los acuerdos adoptados por  el CEIE Curaciripa, consejo educativo  y la Comunidad Educativa. El Director o Directora  tiene la potestad de conceder licencia o permiso por escrito a su personal fuere interino o titular  que no exceda de tres días hábiles


.CAPITULO II.- DE LOS DOCENTES.

 Articulo. 23    El ejercicio profesional de la docencia constituye una carrera, integrada por el cumplimiento de sus funciones, en las condiciones, categorías, y jerarquías establecida en el reglamento del ejercicio de  la profesión docente artículo 4 del año (2000). 
Artículo. 24  El personal docente estará integrado por todas aquellas personas encargadas de impartir conocimiento a los niños y niñas de educación inicial en su fase preescolar. La carrera docente  estará a cargo de  personas de reconocida moralidad y idoneidad docente comprobada, provista del título profesional respectivo.
Artículo. 25    La prestación del servicio del personal docente  que actué con carácter de ordinario  o de interino se regirá por lo establecido en la ley Orgánica de Educación, por el reglamento del ejercicio de la profesión docente  demás disposiciones legales elativas al ejercicio profesional, en el Ministerio del Poder Popular para la Educación, en los Estados, Municipios, y demás entidades del sector oficial. (Ob,cit  2000)

CAPITULO III.- DERECHOS Y DEBERES  DEL PERSONAL DOCENTE
Articulo. 26   SON DEBERES DEL PERSONAL DOCENTE ARTÍCULO  6  (REPD) AÑO 2000
1.    Observar una conducta ajustada a la ética profesional a la moral, a las buenas costumbres, y a los principios establecidos en la constitución y las demás leyes de la República Bolivariana de Venezuela.
2.    Cumplir con los planes docentes conformes a los planes de estudios y desarrollar la totalidad de los objetivos, contenidos, y actividades establecidas en los programas oficiales dentro del calendario escolar y su horario de trabajo-
3.    Planificar el trabajo docente y rendir oportunamente la información que le sea requerida por las autoridades superiores.
4.    Cumplir con las disposiciones de carácter pedagógico, técnico, administrativo y jurídico que dicten las autoridades educativas.
5.    Cumplir con las actividades de evaluación.
6.    Cumplir con eficacia las exigencias técnicas relativas a los procesos de planeamiento, programación, dirección de las actividades de aprendizaje, evaluación y demás aspectos de la enseñanza-aprendizaje
7.    .   Asistir a todos los actos académicos y de trabajo en general para los cuales sea formalmente convocado dentro de su horario de trabajo.
8.     Orientar y asesorar a la comunidad educativa en la cual ejerce sus actividades docentes.
9.    . Contribuir a la elevación del nivel ético, científico, humanístico, técnico y cultural de los miembros de la institución en la cual trabaja.
10.  Integrar las juntas, comisiones o jurados de concursos, calificación de servicio de docentes y trabajos de ascenso, para los cuales fuera designado por las autoridades competentes.
11.  Dispensar a los superiores jerárquicos, subordinados, alumnos, padres o representantes y demás miembros de la comunidad educativa, el respeto y trato afable, acordes con la investidura docente.
12. Velar por el buen uso y mantenimiento de los ambientes de trabajo y de materiales, y de los equipos utilizados en el cumplimiento de sus labores.
13. Coadyuvar eficazmente en el mantenimiento del orden institucional, la disciplina y el comportamiento de la comunidad educativa.
14. Promover todo tipo de acciones y campañas para la conservación de los recursos naturales y del ambiente.
16,  Cumplir con el horario establecido por la dirección  turno de la mañana de 7 am a 12 m -  tarde de 12 ·  A  5 pm
17. Entregar a la dirección sin necesidad de previo  recordatorio, el último de cada mes el movimiento estadístico habido durante el mismo  con indicación de los ingresos, egresos y el promedio de asistencia.
18. Asistir diariamente y puntualmente al plantel y llegar por lo menos diez minutos antes de iniciar las labores ordinarias de cada turno
19. Firmar el libro de registro de asistencia diaria con la hora de llegada y de salida.
20. Cumplir con los días de  guardia registrar en el libro respectivo la asistencia diaria de los niños y niñas y determinar la causa de su inasistencia, así como cualquier novedad que se presente en la institución escolar
21. Evaluar diariamente el trabajo de los niños y niñas 
22 .Ser responsable por la conservación del mobiliario, útiles de trabajo asignado a su aula.
23. No abandonar el aula o el sitio de trabajo en horas de labor salvo en caso de fuerza mayor.
24. planificar diariamente el trabajo escolar, elaborar, entregar la planificación semanalmente en la dirección del plantel.
25. Elaborar,  y  cumplir con los planes y proyectos emanados por la dirección de Educación  (Pilas, anímate, semillitas de Paz, quiero saber ciencias, periódico mural, aplicación del Idal instrumento), así como  del Ministerio del Poder Popular para la Educación  y otros recaudos solicitados por la dirección del plantel.
26. participar en las comisiones de trabajo a las cuales sea asignado por la dirección del plantel o en consejos de docentes o el consejo educativo.
27. Lograr la correcta ambientación del aula y sus espacios de aprendizaje 
28. solicitar  por escrito  y con la debida anticipación ante la dirección las licencias o permisos y acompañar con el soporte en caso de tenerlo
29. Los permisos para diligencias personales el docente debe conseguir y será responsable de pagar la suplencia.
30. Los permisos por citas médicas,  diligencias legales,  asistir a cualquier actividad de talleres, reunión entre otro deberá quedarse un representante en el aula, en caso de no poder quedarse ninguno de los 25 representantes, no habrá  clases 
31. Los docentes tienen la libertad de elegir un uniforme  en su defecto deberán vestir de manera adecuada al rol que desempeñan,
32.   Los demás que se establezcan en normas legales y reglamentarias.

Articulo. 27.- SON DERECHOS  DEL PERSONAL DOCENTE ARTÍCULO 6  (REPD) AÑO 2000
1. Desempeñar funciones docentes con carácter de ordinario o interino.
2. Participar en los concursos de méritos para ingresar como docente ordinario.
3. Disfrutar de un ambiente de trabajo acorde con su función docente.
4. Estar informado acerca de todas las actividades educativas, científicas, sociales, culturales y deportivas, planificadas o en ejecución en el ámbito de su comunidad educativa.
5. Percibir puntualmente las remuneraciones correspondientes a los cargos que desempeñen, de acuerdo con el sistema de remuneración establecido.
6. Disfrutar de un sistema de previsión y asistencia social que garantice mejores condiciones de vida para él y sus familiares.
7. Participar efectivamente en la planificación, ejecución y evaluación de las actividades de la comunidad educativa.
8. Justificar las razones por las cuales no pudo asistir a sus labores. A tal efecto, si no pudiere solicitar el permiso respectivo con anticipación, deberá presentar el justificativo correspondiente dentro de los quince 15 días hábiles siguientes a la fecha de inasistencia.
9. Los demás que se establezcan en normas legales y reglamentarias.

Artículo. 28  A LOS PROFESIONALES DE LA DOCENCIA, ADEMÁS DE LOS DERECHOS CONSAGRADOS EN EL ARTÍCULO ANTERIOR, Y EN LA CONSTITUCIÓN Y LEYES DE LA REPÚBLICA, SE LES GARANTIZA EL DERECHO A:

1. Participar en los concursos de méritos o de méritos y oposición para ingresar como docente ordinario; ser promovido o ascender en jerarquía y categoría, de acuerdo con las normas del presente Reglamento y las que al efecto se dicten.
2. Ser incorporado a un cargo docente en la misma jerarquía y categoría cuando cese en el ejercicio de un cargo de libre nombramiento y remoción o cuando cese la licencia que se le haya otorgado.
3. Percibir puntualmente las remuneraciones correspondientes a la jerarquía y categoría que desempeñen de acuerdo con el sistema de remuneración establecido.
4. Percibir la diferencia de sueldo cuando desempeñen, en forma temporal, cargos de mayor jerarquía.
5. La participación y realización de cursos de perfeccionamiento, actualización, especialización, m maestría y doctorado, programados por el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes y/o instituciones académicas, científicas y culturales de reconocida acreditación.
6. Participar activamente en actividades de investigación y estudios en el campo pedagógico, cultural, científico y otros relacionados con su profesión.
7. El goce de becas para cursos de mejoramiento, actualización y postgrado, conforme a las previsiones legales sobre la materia.
8  Solicitar y obtener licencias para no concurrir a sus labores, siempre y cuando sean justificadas.
9. Solicitar traslados o cambios mutuos, cuando por necesidades personales o profesionales así lo requiera.
10. Los beneficios del régimen de jubilaciones y pensiones.
11. Recibir honores y condecoraciones de acuerdo con sus méritos profesionales.
12. Asociarse en agrupaciones académicas, gremiales y sindicales para participar en el estudio y solución de los problemas de la educación.
13. Los demás que se establezcan en normas legales y reglamentarias.

Artículo 29. DEBERES DEL DOCENTE HACIA LOS ESTUDIANTES Y LAS ESTUDIANTES
• Procurar la autoformación y puesta al día en el dominio de las técnicas educativas, en la actualización científica y en general en el conocimiento de las técnicas profesionales.
 • Establecer con los alumnos una relación de confianza, comprensiva y exigente que fomente la autoestima y el desarrollo integral de la persona, así como el respeto a los demás, " Promover la educación y formación integral de los alumnos sin dejarse nunca inducir por intereses ajenos a la propia educación y formación, sean del tipo que sean.
 • Trabajar para que todos lleguen a una formación que les permita integrarse positivamente en la sociedad en la que han de vivir.
 • Tratar a todos con total ecuanimidad, sin aceptar ni permitir prácticas discriminatorias por motivos de sexo, raza, religión, opiniones políticas, origen social, condiciones económicas, nivel intelectual, etc.
 • Aportar los elementos necesarios para que los alumnos conozcan críticamente su propia identidad cultural y respeten la de los demás.
 • No adoctrinar ideológicamente y respetar en todo momento la dignidad del alumno.
• Guardar el secreto profesional, no haciendo uso indebido de los datos que se dispongan sobre el alumno o su familia
. • Poner a disposición de los estudiantes y las estudiantes todos sus conocimientos y conservación de todo aquello que constituye el patrimonio de la humanidad.
 • Favorecer la convivencia en las instituciones educativas, fomentando los cauces apropiados para resolver los conflictos que puedan surgir, evitando todo tipo de violencia física o psíquica.

Artículo 30. DEBERES DEL DOCENTE HACIA LOS PADRES Y REPRESENTANTES
a) Respetar los derechos de las familias en la educación de sus hijos en lo que afecta a las cuestiones relativas a los valores y finalidades de la educación para poder incorporarlas a los proyectos educativos.
b) Asumir la propia responsabilidad en aquellas materias que son de la estricta competencia profesional de los docentes.
c) Evitar confrontaciones y actitudes negativas, siendo respetuoso con el pluralismo en las instituciones educativas y en la sociedad.
d) Favorecer la cooperación entre las familias y los docentes, compartiendo la responsabilidad de la educación y estableciendo una relación de confianza que garantice el buen funcionamiento de la Institución y propicie la participación de los padres, las madres y representantes.
e) Tener informados a los padres del proceso educativo de sus hijos, responder profesionalmente a sus demandas y, habiendo escuchado sus puntos de vista,  darles las orientaciones que les permitan contribuir adecuadamente a la educación de sus hijos.
 f) Analizar con los padres el progreso de los alumnos, respecto al desarrollo de su personalidad y consecución de finalidades y objetivos que se persiguen en cada una de las etapas, al mismo tiempo que colaborar en hacer más efectiva la educación para aquellos alumnos con necesidades educativas especiales.
 g) Respetar la confianza que los padres y representantes depositan en los docentes cuando hacen confidencias sobre circunstancias familiares o personales que afectan a los alumnos y mantener siempre una discreción total sobre éstas informaciones.

Artículo 31   DEBERES DEL DOCENTE CON RESPECTO A LA PROFESIÓN
a) Dedicarse al trabajo docente con plena conciencia del servicio que se presta a la sociedad.
 b) Promover su desarrollo profesional con actividades de formación permanente y de innovación e investigación educativa, teniendo en cuenta que esta cuestión constituye un deber y un derecho del docente. No solo en su actividad individual, sino también en su proyección hacia los demás.
c) Contribuir a la dignificación social de la profesión docente y asumir de forma correcta las responsabilidades y competencias propias de la profesión.
 d) Defender y hacer respetar los derechos inherentes a la profesión educativa (consideración social, económica, etc.).
e) Contribuir, en la medida de las propias posibilidades a una práctica solidaria de la profesión
. f) Esforzarse por adquirir y potenciar las cualidades que configuran el carácter propio y que son necesarias para el mejor cumplimiento de los deberes profesionales: autocontrol, paciencia, interés, curiosidad intelectual, etc.
g) Mantener un dominio permanente de los principios básicos de su materia o área, esforzándose por incorporar a su didáctica los avances científicos, pedagógicos y didácticos oportunos
 h) Mantener una actitud crítica y reflexiva permanente hacia la propia actuación profesional, para garantizar un constante perfeccionamiento en todas sus actividades profesionales.

Artículo 32  DEBERES DEL DOCENTE HACIA SUS COMPAÑEROS
a) Crear un clima de confianza que potencie un buen trabajo en equipo y contribuir al buen funcionamiento de los órganos de participación de coordinación y de dirección con el objeto de garantizar una elevada calidad de enseñanza.
 b) Respetar el ejercicio profesional de sus colegas sin interferir en su trabajo, ni en su relación con los alumnos, padres y representantes.
 c) No hacer comentarios peyorativos sobre otros profesionales. En el caso de observarse ineptitudes, carencias o abusos en el ejercicio de la profesión, se usarán responsablemente vías adecuadas para su información y, en su caso, corrección.
d) Evitar obtener indebidamente ventajas sobre los compañeros de profesión.
 e) Considerar que tienen la condición de secreto profesional toda aquella información sobre los compañeros de trabajo que se haya adquirido en el ejercicio de cargo de responsabilidad directa, administrativa o profesional.

Artículo 33   DEBERES DEL DOCENTE HACIA LA INSTITUCIÓN
a) Respetar y asumir el proyecto educativo que se esté realizando en la institución, como un deber inherente al desempeño de la función docente dentro de los límites del precepto constitucional.
 b) Participar en la elaboración y realización de mejoras en la calidad de la enseñanza, en la investigación pedagógica y en el desarrollo y divulgación de métodos y técnicas para el ejercicio más adecuado de nuestra actividad educativa, con el objeto de conseguir los más elevados niveles de eficiencia.
 c) Respetar la autoridad de los órganos de gobierno de la institución y colaborar por el bien funcionamiento de los equipos técnicos, pedagógicos y de orientación. d) Promover actividades extraescolares, preparándolas y realizándolas con plena responsabilidad y siempre con las debidas garantías jurídico-administrativas.
e) Cooperar con las instituciones y asociaciones educativas dentro del amplio marco social de la educación.
 f) Participar activamente en las consultas que sobre temas de política educativa, organización escolar, o cualquier aspecto educativo promuevan las autoridades correspondientes.

Artículo  34  DEBERES DEL DOCENTE HACIA LA SOCIEDAD

a) Educar para una convivencia fundamentada en la igualdad de derechos y en la práctica de la justicia, de la tolerancia, del ejercicio de la libertad, de la paz y del respeto a la naturaleza.
 b) Tener en la forma de actuar un estilo de vida democrático, asumiendo y promocionando los valores que afectan a la convivencia en sociedad, libertad, justicia, igualdad, pluralismo, tolerancia, comprensión, cooperación, respeto, sentido crítico, etc.
c) Fomentar la creatividad, la iniciativa, la reflexión, la coherencia, la sensibilidad, la autonomía y la exigencia personal en los alumnos y el propio trabajo profesional.
 d) Procurar que el alumno aprecie el valor del trabajo de todas las personas y contribuir mediante la orientación adecuada a lograr que cada alumno, conociendo y valorando las realidades del estudio y del trabajo, así como sus propias posibilidades, tome decisiones responsables ante sus opciones escolares y profesionales.

CAPITULO IV.-CONSEJO DE DOCENTE.
Articulo. 35         CONSEJOS DE DOCENTES
1.            Los consejos docentes del CEIE Curaciripa serán presididos por la directora del plantel.
2.            La convocatoria para las reuniones estos consejos se hará con dos días de anticipación a través de un memorándum.
3.            Los puntos de cada reunión de estos consejos estarán dirigidos al mejoramiento del trabajo escolar y por ningún respecto su desarrollo podrá desviarse hacia asuntos conflictivos o de carácter personal extraños a la labor docente
4.            Todos los puntos del desarrollo de la reunión quedaran asentados en actas avalados con la firma de los presentes.

CAPITULO V  DEL PERSONAL DOCENTE SUPLENTE
Articulo 36  SUPLENTE: Es un profesional de la docencia designado por el Ejecutivo Regional para ocupar un cargo por tiempo determinado, en razón de la ausencia temporal de un docente titular o, en los casos de vacante absoluta, mientras se realiza el proceso de designación de un docente interino o titular. Las suplencias  se dividen en dos nómina 34  que son cortas  de  cuatro (4)  días  a  de 21 días, y  de nómina 20 que son  suplencias largas bien sea  por reposo pre y postnatal, por licencias sindical, comisión de servicio,  Encargadurias, licencias por cambio de actividad. Entre otros

Articulo 37  Con el propósito de brindar al personal directivo y coordinadores de regiones educativas todas las indicaciones necesarias para lograr incorporar a las aulas a docentes suplentes, cuando sea necesario, y hacer el proceso de selección, asignación y pago a estos docentes en las instituciones  educativas dependientes de la Gobernación de  Estado Bolivariano de Miranda, se giran   las siguientes  instrucciones basadas en la ley de administración Publica

1)    La postulación del docente suplente ante la Dirección de Educación es responsabilidad de los coordinadores sectoriales   en coordinación con el director del plantel deberán consignar la documentación que justifique la ausencia del docente titular y la documentación del docente postulado por la suplencia.
2)    Los documentos que justifican la ausencia del docente titular son los siguientes 
a)    Copia de la cedula de identidad
b)    Reposo medico superior a cuatro días (4)
c)    Resolución de cambio de actividad  vigente, emitida por el IPASME O I.V.S.S.
d)    Licencia o comisión de servicios vigente, otorgada por la dirección de educación
e)    Actas de inasistencias por periodos superior a cuatro (4) días
3)    Los documentos que deben consignarse del docente postulado a la suplencia son los siguientes
a)    Copia de la cedula de identidad
b)    Copia fondo negro del título docente
c)    Síntesis curricular
d)    Postulación por parte del Coordinador Sectorial de la Región Educativa Charallave .-Cúa
4)    La dirección de educación recibirá los recaudos del docente a la suplencia para su correspondiente revisión, aprobación y autorización.
5)    Una vez que la dirección de educación autorice la suplencia, se publicara y actualizara periódicamente en la página web de la Gobernación de  Estado Bolivariano de Miranda, un Registro Público de Suplencias Autorizadas (R.P.S.A.), en el que se reflejaran los datos de aquellos docentes suplentes debidamente autorizados a incorporarse a los planteles.
6)    La incorporación de un docente al plantel solo será permitida por el personal directivo una vez que la autorización con la indicación de la respectiva fecha de inicio y culminación en el Registro Público de Suplencias Autorizadas (R.P.S.A.).
7)    Para la incorporación del docente suplente el directivo le entregara una CONSTANCIA DE AUTORIZACIÓN DE SUPLENCIA ,en la que se especificará : a) nombre apellidos y cedula del docente suplente, b) fecha de inicio y de culminación de la suplencia ,c) fecha y numero de la publicación en el Registro Público de Suplencias Autorizadas (R.P.S.A.) y d) código suplido .
8)    El instructivo para la selección, autorización y pago de docentes suplentes en instituciones Educativas dependientes de la Gobernación del Estado Bolivariano de Miranda  entro en vigencia el 16 de septiembre del año 2013 Prof. Juan Maragall Director de Educación  designado mediante resolución n 0727 de fecha 11.12.2008 gaceta oficial de Estado Bolivariano de Miranda n 0194 extraordinario de fecha 11.12.2008.

CAPITULO VI  DEL PERSONAL DOCENTE INTERINO

Artículo 38. DOCENTE INTERINO: Es profesional de la docencia no titular del cargo que ingresa en un cargo de vacante absoluta, que debe ser provisto por el procedimiento de selección estipulado en esta Convención Colectiva de Trabajo.

Articulo 39  PERFIL DEL DOCENTE INTERINO PARA OBTENER LA TITULARIDAD DEL CARGO
Aquellos profesionales de la docencia que laboran en un plantel estadal en condición de interinos en un cargo de vacante absoluta

ARTICULO 40  ¿DE QUÉ MANERA EL DOCENTE INTERINO O SUPLENTE, OBTIENE LA TITULARIDAD DEL CARGO EN VACANTE ABSOLUTA?
El docente interino o suplente adquiere la titularidad del cargo, o lo que es lo mismo, la condición de docente ordinario como docente de aula categoría I, de acuerdo con lo previsto en el artículo 40 de la Ley Orgánica de Educación, sólo cuando aprueba los tres (03) niveles de evaluación previsto en la normativa legal que rige este proceso: 1. Evaluación de credenciales (Revisión). 2. Evaluación de desempeño docente. 3. Evaluación de conocimientos y competencias pedagógicas.

CAPITULO VII  DEL PERSONAL OBRERO Y ADMINISTRATIVO
Se reconoce al personal obrero y administrativo de la Institución Educativa los derechos y garantías que se enumeran a continuación

 Artículo 41    DERECHOS Y GARANTÍAS DEL PERSONAL OBRERO Y ADMINISTRATIVO
a) Derecho a ser respetado por todas las personas que integran la Institución Educativa. Nunca deberá ser tratado o sancionado, en público o privado, de forma humillante, ofensiva o contraria a su dignidad como persona humana.
b) Derecho a disfrutar de un ambiente de trabajo que reúna las condiciones mínimas necesarias para el desarrollo de sus labores.
c) Derecho al debido proceso y a la defensa, especialmente en todos los procedimientos de carácter sancionatorio.
d) Derecho a ser atendidos oportunamente con respeto, cordialidad y equidad por el personal docente y directivo, cuando acudan ante ellos para tratar asuntos que les conciernen, durante los horarios establecidos a tal efecto,
 e) Derecho a presentar o dirigir peticiones al personal docente y directivo, así como a cualquier otro órgano de la Institución o la Comunidad Educativa, sobre los asuntos que sean de la competencia de éstos o éstas, y obtener oportuna y adecuada respuesta.
f) Derecho a defender los derechos, garantías e intereses de niños, niñas y adolescentes.
g) Derecho a opinar libremente sobre los asuntos de la institución en el que tengan interés.
h) Derecho a que el personal directivo brinde facilidades, de acuerdo a las posibilidades de Institución Educativa, para asistir a talleres, cursos, convivencias, reuniones y cualesquiera tipo de actividades dirigidas al perfeccionamiento de su profesión y/o la mejora de la calidad de su labor.
 i) Derecho a participar libre, activa y plenamente en la vida de Institución Educativa.
J) Los demás derechos y garantías reconocidas en el ordenamiento jurídico, el presente Reglamento Interno y los Reglamento Especiales.

 Artículo 42   RESPONSABILIDADES Y DEBERES DEL PERSONAL OBRERO Y ADMINISTRATIVO
Las personas que integran el personal obrero y administrativo tienen las siguientes responsabilidades deberes:
a) a) Prestar sus servicios personalmente con la eficiencia requerida para el cumplimiento de las tareas que tengan encomendadas, conforme a las modalidades que determinen los reglamentos
b) Acatar las órdenes e instrucciones emanadas de los superiores jerárquicos que dirijan o supervisen !a actividad del servicio correspondiente, de conformidad con las especificaciones del cargo que desempeñen
 c) Acatar los cambios de horarios y prestar servicio fuera del horario establecido ordenado por razones de servicio
d) Prestar la información necesaria a los particulares de los asuntos y expedientes en que aquellos tengan algún interés legítimo, con las limitaciones establecidas en la Ley
e) Guardar en todo momento una conducta decorosa y observar en sus relaciones con sus superiores, subordinados y con el público, toda la consideración y cortesía debidas
f) Guardar la reserva y secreto que requieran los asuntos relacionados con su trabajo
g) Vigilar, conservar y salvaguardar los documentos, bienes e intereses de la Administración Pública confiados a su guarda, uso o administración
h) Atender las actividades de adiestramiento y perfeccionamiento destinados a mejorar su capacitación
i) Poner en conocimiento de sus superiores las iniciativas que estimen útiles para la conservación del patrimonio nacional o el mejoramiento de los servicios
j) En general, cumplir y hacer cumplir la Constitución, las Leyes, los Reglamentos, los Instructivos y las Órdenes que deban ejecutar
k) Asistir regular y puntualmente a todas sus actividades laborales. Cumplir cabal y oportunamente con todas las obligaciones laborales
l) Respetar los derechos y garantías de las demás personas
m) Respetar todas las personas que integran la Institución Educativa. Nunca deberá tratar a otras personas, en público o privado, de forma humillante, ofensiva o contraria a su dignidad como persona humana.
n) Mantener con todos los integrantes de la Institución Educativa, relaciones personales que se caractericen por: la honestidad, la solidaridad, la tolerancia, la cooperación y la amabilidad.
o) Respetar las normas de la moral y las buenas costumbres, siempre empleando el lenguaje apropiado. Abstenerse de fumar o ingerir bebidas alcohólicas, sustancias estupefacientes o psicotrópicas (drogas)
p) Usar apropiadamente el local, mobiliario y cualquier otro material de la Institución Educativa. Colaborar en la conservación, limpieza y mantenimiento, dentro de los límites de sus responsabilidades, del local, mobiliario y cualquier otro material de la Institución Educativa. Conservar y mantener el material y equipo empleado para realizar sus actividades laborales.
q) Ejercer y defender apropiadamente sus derechos y garantías.
r) Promover los derechos y garantías de los niños, niñas y adolescentes, especialmente de los alumnos y alumnas de la Institución Educativa, así como exigirles el cumplimiento de sus deberes y responsabilidades. Denunciar ante las autoridades competentes de Protección Integral del Niño y Adolescente, las violaciones o amenazas de violación a los derechos y garantías de niños, niñas y adolescentes de que tengan conocimiento a través de sus labores.


Articulo 43    ADEMÁS DE LAS RESPONSABILIDADES Y DEBERES ENUNCIADOS LE CORRESPONDE AL PERSONAL ADMINISTRATIVO O DE SECRETARIA:
• La redacción, transcripción y despacho de la correspondencia del plantel fuera y dentro del mismo.
• Velar por el despacho oportuno de los recaudas administrativos del plantel.
 • Cuidar de que la correspondencia emitida por el plantel, además de buena presentación no contenga errores ortográficos.
• Estar pendiente de los libros y registros de asistencia, puntualidad y otros aspectos del personal del plantel sean debidamente firmados por los mismos en la casilla correspondiente.
 • Atender las llamadas telefónicas y solicitudes de las personas que visiten la institución. • Llevar correctamente los elementos de que consta el Archivo del Instituto. • Dar cuenta al Director, Subdirector y a los Coordinadores, según el caso de la correspondencia recibida.
• Responder por la conservación, organización, mantenimiento y aseo de la dirección y secretaría y de su mobiliario.
• Tocar el timbre de entrada y de salida de las actividades de aula y de recreación en las oportunidades que señala el horario escolar.

Articulo  44  ADEMÁS DE LAS RESPONSABILIDADES Y DEBERES ENUNCIADOS AL PERSONAL OBRERO LE CORRESPONDE
: • Mantener en completo aseso y limpieza todas las dependencias del instituto, así como el mobiliario y demás materiales existente.
• Realizar recorridos frecuentes dentro y en los alrededores del plantel
. • Vigilar la entrada y salida de los alumnos, requerir la información de si están autorizados para hacerla o no.
 • Velar porque lo bienes del plantel no se extravíen no salgan del mismo sin la autorización del Director o Subdirector.
 • Respetar y cumplir el ordenamiento jurídico el Presente Reglamento Interno y los Reglamentos Especiales. Respetar, obedecer y cumplir las decisiones y órdenes que dicten las autoridades de la Institución Educativa, siempre que las mismas no violen sus derechos y garantías o contravengan el ordenamiento jurídico.
 • Mantener reserva estricta y no divulgar los contenidos e informaciones contenidos en los documentos que manejen y/o a los cuales tengan acceso.
 • Las demás responsabilidades y deberes establecidos en el ordenamiento jurídico venezolano, el presente Reglamento Interno y los demás Reglamentos Especiales.
TÍTULO V.   LA COMUNIDAD EDUCATIVA

CAPITULO I.  DERECHOS, GARANTÍAS, DEBERES  Y DISCIPLINA DE LA COMUNIDAD ESCOLAR.

Artículo. 45  - LA COMUNIDAD ESCOLAR

1.            Es un espacio democrático de carácter social comunitario, organizado, participativo, cooperativo, protagónico y solidario. Donde sus integrantes actuaran en el proceso de educación ciudadana de acuerdo a con lo establecido en la constitución  de la república. leyes y demás normas que rigen el Sistema Educativo. A tales efectos: 1 (Art. 20, LOE).
2.             La comunidad educativa está conformada por padres, madres, representantes, responsables, estudiantes, docentes, trabajadores administrativos y trabajadoras administrativas, obreros y obreras de las instituciones y centros educativos, desde la educación inicial hasta la educación media general y media técnica y todas las modalidades del subsistema de educación básica. También podrán formar parte de la comunidad educativa las personas naturales y jurídicas, voceros y voceras de las diferentes organizaciones comunitarias vinculadas con las instituciones y centros educativos.
3.             La organización y funcionamiento de la comunidad educativa se regirá por la normativa legal que a tal efecto se dicte, la cual deberá desarrollar las normas y los procedimientos para velar por su cumplimiento por parte de sus integrantes. El Estado garantiza, a través del órgano rector con competencia en el subsistema de educación básica, la formación permanente de los ciudadanos y las ciudadanas integrantes de las comunidades educativas para efectos del cumplimiento de la contraloría social y otros deberes y derechos de los ciudadanos y las ciudadanas en la gestión educativa.


CAPITULO II DE LA PARTICIPACION DE LA COMUNIDAD ESCOLAR EN EL CONSEJO EDUCATIVO
Artículo  46  CONSEJO EDUCATIVO:
Se concibe como el conjunto de colectivos sociales vinculados a los centros educativos”. Dirigido a planteles de educación inicial hasta media general y media técnica y todas las modalidades del subsistema de educación básica. (Según la resolución 058)
Consejo Educativo establece los siguientes  Objetivos
1. Garantizar el desarrollo y defensa de una educación integral y permanente,   de calidad para todas y todos,    democrática,   gratuita,  obligatoria, liberadora, transformadora, emancipadora como derecho humano y deber social fundamental en igualdad de condiciones y oportunidades, sin discriminación, sin distingo de edad, género, con respeto a sus potencialidades, a la diversidad étnica, lingüística y cultural, atendiendo a las características locales, regionales y nacionales.
 2) Impulsar la formación integral de las ciudadanas y los ciudadanos, fortaleciendo sus valores éticos, humanistas sociales, garantizando la convivencia comunal, sus deberes y derechos colectivos.
3) Profundizar desde el proceso curricular, los ejes integradores: ambiente y salud integral, intercultural, derechos humanos y cultura de paz, lenguaje, trabajo liberador, soberanía y defensa integral de la Nación y las tecnologías de la Información libre, a partir de la conformación de colectivos de aprendizaje.
 4) Garantizar la organización del Consejo Educativo y su funcionamiento en los niveles y modalidades del subsistema de educación básica.
 5) Propiciar espacios de participación protagónica y corresponsable para la organización, planificación, ejecución, control, seguimiento y evaluación del Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC), a partir de la concepción de la escuela como uno de los centros del quehacer comunitario y la comunidad como centro del quehacer educativo.  La duración en el cumplimiento de las funciones de los órganos constitutivos del Consejo Educativo es de un (01) año contado a partir del momento de la elección y sus miembros podrán ser reelegidas y reelegidos, pudiendo ser revocadas y revocados al cumplir la mitad de su período (CRBV, Art.72).

Articulo  47   COMITÉS Y FUNCIONES DEL CONSEJO EDUCATIVO
1)    El Comité de Madres, Padres, Representantes o Responsables: Es la instancia de participación del colectivo social para ejercer funciones enmarcadas en la formación de principios, creencias, actitudes, hábitos, valores como el respeto, reflexión para concretizar en lo local, regional y nacional la responsabilidad y corresponsabilidad de las familias, escuela, sociedad y el Estado.

  Funciones 1. Asistir a las Asambleas ordinarias y extraordinarias convocadas por el Consejo Educativo, a través de las y los voceros y viabiliza sus decisiones.2. Participar en actividades educativas, sociales, asistenciales, económicas, culturales, artísticas, deportivas y recreativas promovidas por el Consejo Educativo u otra instancia comunitaria o del Estado.3. Participar en la construcción ejecución, control, seguimiento y evaluación del Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC). 4. Organizar, promover y ejecutar jornadas de conservación, mantenimiento y recuperación de los bienes, muebles e inmuebles e infraestructura de las instituciones educativas.5. Promover la articulación de las familias, escuela y comunidad para coadyuvar en la atención educativa integral en los procesos de enseñanza-aprendizaje de las niñas, niños, adolescentes, jóvenes, adultas y adultos, participando en la elaboración y ejecución de los planes de acción.6. Sistematizar y difundir las prácticas e innovaciones de la gestión escolar, en el ámbito local, municipal, regional y nacional. 7. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la Asamblea Escolar.

2)    El Comité Académico: Es la instancia que contribuye a la formación permanente e integral de las ciudadanas y los ciudadanos responsables y corresponsables de la gestión escolar. Apoya en el desarrollo de potencialidades para aprender y propicia la construcción e innovación del conocimiento, de los saberes, fomentando la actualización, el mejoramiento y el desarrollo profesional de quienes lo integran.

Funciones: 1. Impulsar la formación permanente e integral de todas y todos los responsables y corresponsables que constituyen el Consejo Educativo, en los aspectos ecológicos, ambientales, culturales, recreativos, deportivos, socio productivos, agroalimentarios, de salud, comunicacional, de investigación e innovación, tecnológico, experiencias    y saberes   originarios    con el fin de    generar una    nueva    ciudadanía con responsabilidad social y soberanía cognitiva, que coadyuve el desarrollo pleno de la personalidad para la transformación social consustanciados con los valores del humanismo democrático, así como la   identidad  nacional    y      con visión latinoamericana y caribeña.2.Promover la actualización y mejoramiento del nivel de conocimiento y desempeño de las y los responsables de la formación de ciudadanas y ciudadanos.

3)    El Comité de Comunicación e Información: Es la instancia que contribuye a la promoción, divulgación y comunicación referida a las variables escolares mediante el trabajo articulado con la red de medios públicos y comunitarios.

 Funciones. Participar y articular acciones con los medios públicos, alternativos y comunitarios para el apoyo y difusión de las actividades y programas educativos, sociales y culturales que promuevan la conciencia social, convivencia en armonía, amor, respeto, paz y tolerancia en el marco del vivir bien.

4)    El Comité de Seguridad y Defensa Integral: Es la instancia encargada de ejercer acciones dirigidas a la prevención, seguridad, defensa y protección, en el marco de la responsabilidad y la corresponsabilidad, orientado por valores de respeto, reflexión y participación, entre otros

 Funciones ..Impulsar acciones para la formación permanente del Consejo Educativo que potencien una cultura de defensa, prevención y protección integral frente a situaciones que se constituyen en amenazas, vulnerabilidades y riesgos para la integridad de las niñas, los niños, adolescentes, jóvenes, adultas y adultos

5)    El Comité de Ambiente, Alimentación  y Salud Integral: Es la instancia encargada de impulsar acciones dirigidas a la promoción, prevención, conservación y preservación del ambiente a favor de la salud integral, orientado por valores de fraternidad, responsabilidad, corresponsabilidad, cooperación y la convivencia en el marco de la solidaridad

Funciones   Fortalecer la función social de la escuela a través del desarrollo de jornadas de  prevención y promoción para potenciar la salud integral de las niñas, niños, Jóvenes, adolescentes adultas y adultos, con articulación intra e interinstitucional, tales como: Barrio Adentro, Comité de los Consejos Comunales y Comunas, Centros de Diagnóstico Integral, Hospitales, Instituto Nacional de Nutrición, entre otros

6) El Comité de Deportes y Educación Física: Es la Instancia encargada de impulsar acciones dirigidas a la promoción, organización, fomento y administración del deporte, la actividad física y la educación física con fines educativos y sociales, orientada por los principios y valores de identidad nacional, democracia participativa y protagónica, soberanía, justicia, honestidad, libertad, respeto a los derechos humanos, igualdad, lealtad a la patria y sus símbolos, equidad de género, cooperación, autogestión, corresponsabilidad, solidaridad y protección del ambiente.
Funciones  Crear alternativas de vida que formen parte de la conciencia social, que tributen a la cultura física, al vivir bien y al desarrollo de habilidades deportivas en las Diferentes  disciplinas.

7) El Comité de Cultura:   Es la instancia   responsable de organizar, orientar   e     impulsar el reconocimiento de las culturas a través actividades    locales, regionales   y nacionales  en las instituciones y centros educativos, promoviendo la formación integral con la finalidad de aportar estrategias para el desarrollo de sus capacidades creativas, expresivas y recreativas siempre bajo un espíritu de inclusión y vinculadas a la gestión escolar.
Funciones 1. Promover la construcción de la identidad nacional, recuperando colectivamente su historia, descubriendo y preservando sus raíces, tradiciones y luchas nacionales libertarias.2. Impulsar proyectos culturales permanentes e integrales que contribuyan a convertir la escuela en el eje dinamizador de la actividad comunitaria.

8) El Comité de Infraestructura y Hábitat Escolar Es la instancia organizativa encargada de gestionar, promover, planificar y evaluar Las acciones intra e interinstitucionales dirigidas a la construcción, ampliación, mantenimiento,   rehabilitación,     dotación y    preservación de los bienes nacionales y la infraestructura de la planta física escolar
Funciones Organizar y desarrollar jornadas permanentes para el mantenimiento y preservación de la planta física, materiales, equipos, mobiliarios y otros bienes pertenecientes a las instituciones educativas. Asimismo, jornadas para la seguridad, protección y vigilancia de la infraestructura escolar

9) El Comité de Contraloría Social: Es la instancia del Consejo Educativo encargado de la prevención, supervisión, acompañamiento, seguimiento, control y evaluación de la gestión escolar, antes, durante y después de la ejecución de los planes, programas, proyectos, y acciones de interés colectivo, basada en los principios de justicia, equidad, transparencia corresponsabilidad, celeridad, honestidad, ética para la protección y defensa del buen uso de todos los recursos disponibles de la gestión escolar

Funciones Prevenir, supervisar, acompañar, seguir, controlar y evaluar la gestión escolar de los planes, programas,      proyectos    y acciones   de interés colectivo      que se planifiquen, ejecuten desarrollen en   las instituciones  educativas.

10) Comité Comunitario de Inclusión Escolar Institucional Son la primera instancia del proceso, se conformarán en cada espacio educativo donde se concreta inclusión, sea plantel de origen (desde donde egresan las y los estudiantes a ser ubicados y ubicadas) o plantel destino (hacia donde se asignan las y los estudiantes). Esto significa que se constituyen en un colectivo en el espacio y se ampliarán con los voceros y las voceras de los otros colectivos que hacen vida en la institución

Funciones  1. Revisar las últimas estadísticas, nóminas de estudiantes, cortes de evaluación, proyección de promovidos y promovidas en cada grado, registrar esa información y suministrarla a la instancia parroquial o municipal.                           2. Remitir a los niños, las niñas y adolescentes no escolarizados o de población flotante, que estén en el área de influencia del plantel a los colectivos parroquiales y/o municipales para su debida atención.

11) El Comité de Economía Escolar: Es la instancia del Consejo Educativo encargado de realizar el trámite administrativo y legal de los recursos financieros directos e indirectos de la institución educativa, previamente aprobado en Asamblea de Ciudadanas y Ciudadanos

Funciones 1. Tramitar ante la banca pública la cuenta bancaria respectiva, 2.- Dar beneficio al estudiantado en primer instancias, 3- Buen uso de los recursos financiaron que FEDE o cualquier ente descentralizado o cualquier otro de la administración pública o privada otorgue para el mantenimiento o rehabilitación de la institución educativa, 4- Realizar la compra, adquisición de insumos  y materiales para reparaciones menores,  5- Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión y relación de los gastos  ante la Asamblea Escolar.

12) De la Asamblea Escolar: es la máxima instancia de participación, deliberación y toma de decisión del Consejo Educativo, para dar cumplimiento a lo establecido en las leyes y demás normas que rigen el subsistema de educación básica

Funciones: 1. Aprobar y legitimar el Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC) con sus respectivos planes, programas, proyectos y recursos, de acuerdo a la política educativa del Estado. 2. Aprobar el documento de Registro del Consejo Educativo y sus normas de funcionamiento, en un lapso no mayor de tres (03) meses a partir del inicio del año escolar. 3. Definir criterios para la revocatoria del mandato de las y los integrantes de los diferentes Comité, partiendo de lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), La Ley Orgánica de Educación (2009), La Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (2007) y el conjunto de Leyes del Poder Popular (2010) que garantizan los derechos de las ciudadanas y los ciudadanos. 4. Discutir, aprobar o revocar los proyectos de comunicación alternativa, salud, socio-productivos, infraestructura, recreación, actividad física y deportes,  los cuales se enmarcarán en el Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC) y se articularán con los proyectos de la comunidad organizada y organismos del Estado.


CAPITULO III. DE LOS Y LAS ESTUDIANTES

Artículo. 48  ESTUDIANTE
Es el término que permite denominar al individuo que se encuentra realizando estudios  en una institución académica-.
Artículo. 49  DERECHOS, GARANTÍAS DE LOS  NIÑOS Y LAS NIÑAS
Se reconoce a todos los niños y niñas el ejercicio de sus derechos y garantías de manera progresiva y conforme a su capacidad evolutiva.
Parágrafo 1  Los padres, madres y representantes tienen el deber de orientar a los niños y niñas en el ejercicio progresivo de sus derechos y garantías
Parágrafo  2   Los derechos del niño son aquellos derechos que poseen los niños y adolescentes. Todos y cada uno de los derechos de la infancia son inalienables e irrenunciables, por lo que ninguna persona puede vulnerarlos o desconocerlos bajo ninguna circunstancia.
Parágrafo 3  Derechos: son libertades individuales o sociales garantizados por la máxima ley, con el fin de brindar protección y seguridad a todos los ciudadanos. En nuestro país, estos derechos están en la Constitución Nacional.
La Convención sobre los Derechos del Niño el  20 de noviembre de 1989 la Asamblea General de las Naciones Unidas la Convención sobre los Derechos del Niño. En ella se proclamó que todos los niños del mundo tienen derechos y que estos derechos son irrenunciables e inviolables.
Articulo  50 SON DERECHOS DE LOS NIÑOS Y NIÑAS
1. Los niños tienen derecho a la vida.
2. Los niños tienen derecho al juego.
3. Los niños tienen derecho a la libertad y a compartir sus puntos de vista con otros.
4. Los niños tienen derecho a dar a conocer sus opiniones y manifestar sus ideas.
5 .Los niños tienen derecho a una familia.
6. Los niños tienen derecho a la protección durante los conflictos armados.
7. Los niños tienen derecho a la libertad de conciencia.
8. Los niños tienen derecho a la protección contra el descuido o trato negligente.
9. Los niños tienen derecho a la protección contra el trabajo infantil.
10. Los niños tienen derecho a la información adecuada.
11. Los niños tienen derecho a la protección contra la trata y el secuestro.
12. Los niños tienen derecho a conocer y disfrutar de nuestra cultura.
13. Los niños tienen derecho a la protección contra las minas terrestres.
14. Los niños tienen derecho a la protección contra todas las formas de explotación.
15. Los niños tienen derecho a crecer en una familia que les dé afecto y amor.
16. Los niños tienen derecho a un nombre y una nacionalidad.
17. Los niños tienen derecho a la alimentación y la nutrición.
18. Los niños tienen derecho a vivir en armonía.
19. Los niños tienen derecho a la diversión.
20. Los niños tienen derecho a la libertad.
21. Los niños tienen derecho a la paz mundial.
22. Los niños tienen derecho a la salud.
23. Los niños tienen derecho a no ser discriminados por sexo, credo, etnia o ideología
24. derecho a ser atendido en una planta física que cuente con las instalaciones para el adecuado desarrollo de las actividades educativas
25. derecho a ser evaluado en conformidad con las disposiciones pertinentes y vigentes.
26 derechos a informe periódico de evaluación.
27. derecho a recibir previo el cumplimiento requisitos legales su certificado de promoción al primer grado de educación primaria con 6 años de edad cumplidos o por cumplir hasta el 31 de diciembre.

Artículo. 51    DEBERES DE LOS NIÑOS  Y  LAS NIÑAS
Deberes: son reglas, leyes y normas que regulan nuestra convivencia en la sociedad.  Además de tener Derechos los Niños y los Adolescentes tienen deberes, que los deben cumplir para hacer que se cumplan sus Derechos, los deberes de Los Niños y Los Adolescentes se clasifican en dos categorías:
1.            Deberes con nuestra patria:
2.            Honrar y Respetar la Bandera
3.            Honrar y respetar el Escudo
4.            Honrar y respetar el Himno Nacional
5.            Amar a la Patria
6.            Respetar el medio ambiente
7.            Respetar los derechos y garantías de las demás personas
8.            Respetar y cumplir con el horario del plantel  entrada  de 7 30 a 8 am y salida de la institución  de  11 y 30 am, si el niño es retirado después de cumplirse 15 minutos de su hora, se le llamara la atención de forma verbal al representante, de pasar por segunda vez se levantara un acta, y de ocurrir por  tercera vez será llevado a la oficina del consejo de derecho del niño, niña y adolecente ubicada en la av. Bolívar de Charallave.
9.            Honrar, respetar y obedecer a sus padres, representantes y responsables siempre y cuando no violen sus derechos y garantías
10.         Cumplir con todas sus  obligaciones  en materia educativa
11.         Cuidar de su presentación personal y de sus pertenencias.
12.          Mantener una actitud de respeto para con sus maestros y demás personal que labora en la institución
13.         Contribuir al cuidado de las instalaciones y mobiliario escolar.
14.         Respetar a sus compañeros de clases
15.         Usar su uniforme correspondiente mono azul marino, franela amarilla y blanca para las actividades de semillitas de paz
16.         En caso de no cumplir con alguno de los deberes antes mencionado el docente del estudiante  de la institución educativa CEIE Curaciripa, levantara actas de amonestación que obliga a mi representante a orientarme al respecto.
17.         Con tres actas de amonestación me pueden suspender por tres días.

Articulo 52     DEBERES CON NUESTRA COMUNIDAD:
  1. Colaborar en el mantenimiento de las buenas condiciones de los servicios públicos tales como el teléfono, el transporte y otros. Evitar rayar o dañar todo aquello que está al servicio de las personas y todo lo que pertenece a otras familias o individuos.
  2. Colaborar con el aseo de la comunidad no arrojando desperdicios a la calle, jardines, parques o establecimientos. Es mejor llevar la basura a la casa si no encuentra un basurero que botarla en la calle, esto ¡se ve muy feo!
  3. Contribuir con el mantenimiento de la escuela o parques donde realizas actividades. Siempre es bueno dejar el lugar que has visitado mejor de cómo lo encontraste, esto significa que si ves basura, debes recogerla, o si hay algo dañado, buscar la forma de arreglarlo.
  4. Respetar el espacio de tus vecinos. Cuando estés jugando en la calle, y te canses de la bicicleta, colócala en un lugar donde no estorbe a las personas que caminan por la acera, o que obstaculice el paso de un carro a su garaje. También, el escuchar la música con un volumen adecuado, es respetar el espacio de otra persona.
  5. Conocer las normas de tu comunidad. Cada comunidad tiene un estilo de vivir, a donde vayas observa cómo son las cosas y actúa como la gente del lugar lo hace, así evitarás ser señalado.
CAPITULO IV ACUERDOS INTERNOS DE CONVIVENCIA DE LAS Y LOS DOCENTES.
Artículo 53          CUMPLIMIENTO  CON LOS PROCESOS ADMINISTRATIVOS ANTE LA DIRECCIÓN DEL PLANTEL:
      Planificación, entrega de estadística,  planes  de salud, tarea escolar del dengue, planes de acción del consejo educativo si se encuentra en  uno de ellos u otro que considere el plantel en consenso.
      Cumplimiento del horario de entrada y salida de la institución:
Turno
                Entrada              
Salida
Mañana
   7:00
12:00
Tarde
12:00
  5:00

CAPITULO  V. ACUERDOS INTERNOS DE CONVIVENCIA DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y OBRERO

Artículo  54   ADMINISTRATIVO:
Tendrá la responsabilidad en todo tipo de redacción y despacho de las correspondencias del plantel.
FUNCIONES:
  • Atender al público en solicitudes de información.
  • Redactar y organizar todos los recaudos establecidos por M.P.P.P.E. y otras dependencias oficiales.
  • Llevar el control de constancias, permisos, reposos y justificaciones del personal.
  • Elaborar los listados correspondientes al alumnado.
  • Organizar y archivar todo material administrativo que se reciba en el plantel.
  • Ser puntual en su asistencia y realización de actividades laborales y ser responsable con todo lo referente a los materiales de los cuales tengan acceso.
Articulo   55    OBRERO:
Tendrá la responsabilidad de mantener el orden y aseado de las instalaciones y salones de clase, respetando el espacio de los niños (as).
HORARIO mañana de 6 30  a 12 30
FUNCIONES:
  • Asistir diaria y puntualmente a su trabajo
  • Mantener el aseo y limpieza de los espacios asignados, asi como del mobiliario de las aulas
  • Respetar  y acatar las instrucciones de las autoridades del plantel
  • Ser cortes y respetuosos con los docentes, secretaria, padres, madres y representantes , así como con los estudiantes
  • Observar buena presentación personal y usar durante su trabajo ropa adecuada a las actividades que debe cumplir
  • Mantener en buen estado las instalaciones, y las herramientas que se utilicen.
  • Notificar al superior sobre los desperfectos y fallas observadas en las instala iones.
  • Realizar los trabajos de rutina, manteniendo las tareas afines según sea necesario
  • Velar porque los bienes del plantel no se extravíen ni salgan del mismo sin la autorización del director.
CAPITULO  V. ACUERDOS INTERNOS DE CONVIVENCIA DE LA MADRE O PADRE  PROCESADOR DE ALIMENTOS  DEL CEIE CURACIRIPA
Articulo 56  El director del plantel colocara un aviso en la cartelera   en el mes de julio de cada año invitando a todas las madres ,padres, y representantes que deseen postularse a colaborar en el programa de alimentación escolar, luego con el personal docente se realiza una selección de las posibles candidatas o candidatos.
Articulo 57  la tercera semana del mes de septiembre se llevara a cabo la asamblea de madres, padres, y representantes donde a través de una votación seleccionara a la madre o al padre para colaborar en el programa para el año escolar  lectivo. Para el cual deberá presentar los siguientes requisitos
a)    Fotocopia de la cedula de identidad
b)    Certificado de salud vigente en original
c)    Certificado del curso de manipulación de alimentos
d)    Una foto tamaño carnet
e)    Ser representante de la institución escolar
Articulo 58  RESPONSABILIDADES DE LA MADRE O PADRE PROCESADOR DE ALIMENTOS
a)    Horario llegar a la institución antes de la hora de entrada de los niños y niñas su salida será después de haber servido el desayuno, fregado y haber dejado la cocina en buenas condiciones higiénicas.
b)    Su pago será por día trabajado, la Gobernación del Estado Bolivariano de Miranda le cancelara mensual una  colaboración de acuerdo al monto fijado para el momento.
c)    El piso de la cocina debe lavarlo diariamente y las paredes periódicamente a fin de evitar la acumulación del sucio y proliferación de microorganismo.
d)    Servir el desayuno a los estudiantes que presentes en el preescolar
e)    Lavar los alimentos antes de prepararlos
f)     Los alimentos no deben ser sacados de la cocina ni del preescolar
g)    Mantener una conducta de respeto hacia el personal, estudiantes,  madres, padres y representantes.
h)   Su colaboración a la institución escolar será por un año escolar, salvo que surja una emergencia, problema familiar, entre otros.
i)     Al culminar el año escolar, la madre o padre procesador nada tiene que reclamar sobre antigüedad, prestaciones sociales, ya que el programa mipae de la Gobernación del Estado Bolivariano de Miranda, no son personal contratado solo prestan su colaboración y se les cancela un incentivo por día trabajado mensualmente depositado en una tarjeta de todoticket Banesco.
CAPITULO VI   ACUERDOS  CONVIVENCIA DE LAS  MADRES,  LOS PADRES,  REPRESENTANTES  O RESPONSABLES.
Artículo 59    ACUERDOS DE CONVIVENCIA  DE LAS  MADRES,  LOS PADRES,  REPRESENTANTES  O RESPONSABLES:

El cuido, la educación, la protección, la higiene, alimentación y salud infantil son los componentes de una atención global, lo pedagógico incluye el fortalecimiento  del desarrollo integral y del aprendizaje bajo la responsabilidad de las madres, padres,  deben acatar y respetar los artículos representantes y responsables y al mismo tiempo de los actores educativos.
Por esta razón los protagonistas de esta responsabilidad deben acatar y respetar los Art. 53, 54 y 55 de la L.O.P.N.A. y la Ley Orgánica de Educación Art. 17 y 18 por consiguiente.
Así mismo se en enumeran algunos acuerdos que se regirán en la institución entre ellas
Artículo 60   DE LOS DEBERES:
1     El niño y la niña  debe portar el uniforme de la institución: mono azul, franela amarilla, medias y zapatos cerrados.
2     El niño (a) debe llegar a la institución con buena presencia y buen aseo personal.
3     De la misma manera deberá cumplir con el horario establecido dentro de los recintos.
Turno
Entrada
Salida
Mañana
7:30
11:30
Tarde
12:30
4:45

4     La asistencia del niño (a), es obligatoria, en caso de enfermedad u otro motivo justificable, ante la docente a la brevedad posible.
5     Deben de respetar el horario establecido para cada jornada.
6     El niño (a), deberá ser retirado por su representante, madre, padre o responsable de ser retirado por otra persona tendrá que notificarlo por escrito con antelación.
7     Cuando El niño (a), presente fiebre u otro malestar de salud se le recomienda no traerlo.
8     Los padres, madres, representantes o responsables deben de colaborar de manera activa y voluntaria a las actividades tales como :  jornadas de limpieza, fiestas, aniversarios, semana de preescolar, tómbolas entre otras.
9     Los padres, madres, representantes o responsables, deben de asistir a las reuniones,  talleres de formación, actos, actividades  pautadas por las docentes con carácter de obligatoriedad
10  No se permite la entrada a la institución a personas con vestimentas inadecuadas tales como: short, licras, batas transparentes, cholas etc.
11  Todo aquel padres, madres, representantes o responsables, que tenga alguna queja o molestia deberá trasmitirla de forma respetuosa y amable.
12  Participar activamente en la educación de su representado
13  Será responsables de los daños y deterioro que ocasione su representado a los bienes del plantel
14  Proveer a su representado en la medida de sus posibilidades de los útiles escolares.-
15  Respetar y tener un trato adecuado con todo el personal que labora en el plantel
16  Presentar los documentos de su representado cuando fuese requerido por las autoridades educativas.
17  Cumplir con las contribuciones y demás aportes establecidos en asambleas general de padres y representantes bien sea dinero, materiales  o con trabajo.
18  Velar por el aseo, mantenimiento de la escuela y del mobiliario escolar.
19  Retirar personalmente del plantel la documentación de su representado
20  Inscribir a su hijo (a) ante el registro civil y poseer la partida de nacimiento del mismo.
21  Asistir periódicamente a la institución para conocer el rendimiento de su representado
22  Velar porque el niño (a) no traiga juguete al preescolar ya que esto permite dos cosas que se peleen por el mismo, o que se lo dañen y cause molestias en el niño dueño del juguete o del representante, así como también que la institución no es responsable de la pérdida  o extravío.
Artículo 61    DE LOS DERECHOS
Son derechos de los padres representantes y responsables
1     Solicitar ante la dirección del plantel la inscripción de su representado en el lapso previsto
2     Formular peticiones antes las autoridades educativas sobre asuntos relacionados con su representado y obtener oportuna respuesta.
3     Ser informado acerca de la organización y funcionamiento del plantel , así como el régimen docente y de evaluación
4     Elegir y ser elegido  como miembro del consejo educativo del plantel
5     Tener voz y voto en las asambleas  que se lleven a cabo en el plantel
6     Ser informados periódicamente del manejo de los fondos del consejo educativo
7     Ejercer su defensa o la de su representado antes las autoridades competentes o ante la comunidad educativa cuando fuese necesario
8     Formular denuncias ante la dirección del plantel y obtener oportuna repuesta.

TÍTULO VI.- ACUERDOS INTERNOS DE CONVIVENCIA ESCOLAR
CAPITULO I. FUNCIONAMIENTO INTERNO PROCESO DE LA INSCRIPCION Y OTRAS ORIENTACIONES.

Artículo. 62     DERECHO A LA INSCRIPCIÓN
 Todos los niños, niñas, tienen derecho a ser inscritos para recibir una educación integral en “El CEIE Curaciripa’’ siempre que:
a) Cumplan con los requisitos y disposiciones previstas en el ordenamiento jurídico y la presente Normas de Convivencia Reglamento Disciplinario.
 b) Existan cupos en el nivel escolar
c) El proceso de inscripción se realizara a partir del 20 de julio al 27 de julio de cada año escolar.
Artículo. 63     REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN  DEL NIÑO O DE LA NIÑA
a)    Copia de la partida de nacimiento del niño o de la niña
b)    Copia de la tarjeta de vacunas
c)    Copia de la cedula de identidad del  padre o madre o responsable legal ante la institución
d)    4 fotos tamaño carnet del niño o de la niña
e)    1 foto del representante legal ante la institución
f)     En caso de que el niño o la niña  no tenga partida de nacimiento  deberá ser inscrito inmediatamente, siempre que reúna las condiciones determinadas por el Ministerio del Poder Popular para la Educación En estos casos, el Director del “CEIE Curaciripa ’’ deberá levantar un acta que contenga las circunstancias del caso y el compromiso del padre, madre, representante o responsable de entregar posteriormente estos documentos. Siempre debe informarse a las autoridades y servicios competentes en materia de Protección Integral al Niño y al Adolescente sobre esta situación, a los fines de que se procedan a realizar todas las gestiones dirigidas a garantizar los derechos vinculados a la identidad de estos aspirantes.
Articulo 64     PROCESO DE ZONIFICACIÓN
La municipalidad escolar del municipio Cristóbal Rojas son los encargados del proceso de zonificación
·         El niño o la niña será promovido  al primer de grado de educación primaria con 6 años cumplidos antes del 31 de diciembre, son zonificado a la escuela más cercana al preescolar  o en aquella institución que tenga hermanos estudiando si la institución cuenta con cupo  el comité de zonificación tomara en cuenta dicha petición
Articulo  65  EGRESO DEL NIÑO O DE LA NIÑA DEL CEIE CURACIRIPA
El representante legal del niño o de la niña ante la institución en caso de no requerir más de los servicios de la institución deberá proceder  al retiro de los documentos  en caso de poder asistir personalmente debe realizar un permiso por escrito a la persona que lo vaya hacer.
Artículo 66    HORARIO DE CLASES DEL NIÑO O DE LA NIÑA
 mañana entrada de 7 30 a 11 30 a.m.  tarde de 12 30 a 4 30 pm
Artículo 67    HORARIOS  DEL PERSONAL
a)    Docente   Turno de la mañana  de 7 am a 12 m  turno tarde de 12 m a 5 pm
b)    Obrero  mañana de  6   a 12  m   tarde de 11 00 m  a 5 pm
c)    Administrativo  de 7 a  3 pm  
Artículo 68   EL ACTO CÍVICO
Será los días lunes  se entonara  el Himno de la República Bolivariana de Venezuela y el Himno del Estado Bolivariano de Miranda  izando las banderas
Articulo 69    ORIENTACIONES GENERALES
De las Normas Generales de CONVIVENCIA. Todas las personas que integran El “CEIE Curaciripa” están obligadas a:
 a) Que la Convivencia sea cada vez más agradable, respetando siempre al que está al lado.
 b) Cuidar el aseo y la saludable higiene, con una adecuada presentación en el vestir; el porte educado y respetuoso (posiciones en el aula, actos comunitarios, etc.).
 c) Asistir con el uniforme completo y recordando que así vestido representa a nuestra Institución.
 d) Dentro del Instituto no esta permitido ingerir bebidas alcohólicas, ni fumar  no se permite masticar  chimo.
e) Ser puntual es una virtud que beneficia a todos y es indispensable en la tarea escolar. Por lo tanto, al sonar el timbre, los estudiantes y las estudiantes deben entrar o salir del aula y demás ambientes de trabajo en perfecto orden cuando el profesor así se los indique. Asimismo, deben esperar en orden, la llegada del docente. Es indispensable colaborar para no molestar a quienes trabajan en salones de clase cercanos.
 f) Estudiar y cumplir permanentemente con actividades y obligaciones (Art. 93 literal F de la LOPNNA) conscientes de que en esta etapa de sus vidas, es la tarea que se les ha encomendado y de las cuales son absolutamente responsables.
h) Asistir diariamente a clases. En caso de faltar por algún motivo serio, deberá justificarlo inmediatamente.
 j) Permanecer en la Institución durante el tiempo que corresponda; para retirarse (por motivos justificados) es necesario que el padre, la madre, representante o responsable se haga presente y firme el retiro del estudiante o notifique ante la coordinación correspondiente por medio de una correspondencia.
k) Las aulas de clases y demás ambientes destinados a la enseñanza, durante los recesos, deben ser abandonados por todos los estudiantes y las estudiantes para una adecuada ventilación y evitando posibles desórdenes.
l) Colaborar cuidando el mobiliario, la infraestructura y los materiales didácticos. Es fundamental respetar y cuidar los recursos porque son un bien común. Por lo tanto debemos evitar todo tipo de raspaduras o inscripciones en pupitres que afecten la limpieza, la moral o las buenas costumbres. Ante cualquier daño ocasionado, el estudiante buscará la mejor forma de identificarse y repararlo.
m) El estudiante debe traer todo el material o útil escolar necesario para el buen desenvolvimiento en clases. Deberá identificar claramente todos los útiles a fin de evitar pérdidas y dificultades para su reingreso.
 n) No está permitido traer  juguetes, barajas, revistas, dinero, objetos de valor, entre otros. No nos hacemos responsable por la pérdida o extravío.
o) Eliminar las actitudes de soberbia, burla de los compañeros, así como los comentarios que afecten la convivencia.
 p) Siempre que se presente la oportunidad, avisar y corregir con cortesía los defectos de nuestros compañeros, pero sin críticas ni rumores altamente nocivos para la convivencia.
r) Ante todo hacer de cada compañero un buen amigo, basado en la sinceridad, respeto mutuo y tolerancia.
 s) Ejercer apropiadamente los derechos y garantías.
t) Abstenerse de traer a la Institución, impresos u otras formas de comunicación que produzcan terror, inciten al odio, a la agresividad, a la indisciplina, deformen el lenguaje, atenten contra los valores, la moral y las buenas costumbres.
u) Respetar y cumplir el ordenamiento jurídico, la presenta Normas de Convivencia Reglamento Disciplinario y los Reglamentos Especiales.
 v) Cualquier otra conducta que sea expresamente establecida como una norma general de convivencia en el Reglamento Disciplinario y los Reglamentos Especiales.
w) El Consejo Técnico Docente podrá reestablecer otras normas generales de convivencia que considere necesarias, previa consulta de los demás integrantes de la comunidad escolar. Los docentes podrán establecer normas generales de convivencia para las aulas de clases, con la participación libre, responsable y activa de los estudiantes y las estudiantes
y)  La asistencia de los estudiantes y las estudiantes a clases es obligatoria. Se requerirá un porcentaje mínimo de asistencia, para optar a la aprobación del grado, similar, de setenta y cinco por ciento (75%). Los docentes llevarán un registro de la asistencia de los estudiantes y las estudiantes e informarán al Director  los casos en que exista inasistencia reiterada, a los fines de que se tomen las previsiones a que hubiere lugar. (Art. 109) Reglamento General de la Ley Orgánica de Educación) Artículo 25
TITULO VII. DISCIPLINA  DE LA COMUNIDAD ESCOLAR

CAPITULO II DE LA DISCIPLINA  DE LAS Y LOS ESTUDIANTES

Artículo. 70   PARA EFECTO DE LA APLICACIÓN DEL PRESENTE MANUAL DE CONVIVENCIA, LAS SANCIONES SE DIVIDEN EN LEVES Y GRAVES.

Literal 1  Las faltas en que incurran los estudiantes son de dos tipos leves y graves. Las faltas leve serán registradas por el docente y no serán reportadas a la dirección y las faltas graves serán registradas por la dirección.
Literal 2  Tres faltas leves  serán causales de una falta grave, dos faltas graves serán causante de una suspensión temporal del plantel y tres suspensiones serán causales de suspensión temporal del niño o de la niña del preescolar
  Toda infracción que por su material, intención y consecuencia, infrinja levemente el presente Manual de Convivencia o produzca trastornos menores en el buen funcionamiento de la institución, tanto en el orden académico como en el disciplinario.
Artículo. 71  SE CONSIDERA QUE SON FALTAS LEVES LAS SIGUIENTES:
  1.  Sentarse en los brazos de las sillas, parase en ellas, tirarlas, voltearlas. o montarse encima de las mesas
  2.  Causarle daños al mobiliario de la institución escolar
  3.  Poner apodos, hacer bromas de mal gusto o molestar a un compañero.
  4. . Botar basura en el piso. Constantemente
  5. Llevarse para su casa algún objeto o material del preescolar o de algún compañero sin solicitarlo
  6. rayar, ensuciar y dibujar en las paredes de la institución escolar
ARTÍCULO   72    PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO PARA SANCIONAR FALTAS LEVES:
Las faltas leves serán sancionadas teniendo en cuenta: En primer caso cada falta será sancionada independientemente de las otras
En el segundo caso se atiende el literal "1   " de las faltas graves de este manual que reza "Toda falta leve reiterada se considera Grave".
Artículo  73     SANCIÓN DE FALTAS LEVES
1. Procedimiento: cuando el estudiante incurra por primera vez en alguna de las faltas establecidas, el docente primeramente dialogara con el estudiante, lo orientara y dejará un registro escrito de este  procedimiento en el observador, que deberá estar firmado por el representante, o responsable  del mismo.
Correctivo: Dialogo con el estudiante
2. Procedimiento: cuando el estudiante incurra por segunda vez en algunas de las faltas establecidas será escuchado y orientado por el director, quien dejara registro de este procedimiento, firmado por el docente, representante y el director  de la institución
3. Correctivo recomendación por escrito
Procedimiento: cuando el estudiante incurra por tercera vez en alguna de las faltas establecidas, se reportará inmediatamente ante la dirección del plantel , este citará a los padres del estudiante el cual deberá presentarse con el estudiante a  quien escuchará orientará y aplicará el procedimiento y correctivo correspondiente firmado por el padre ,el docente y el director.
ARTÍCULO  74   SON FALTAS GRAVES:
  1. Reincidir por tercera  vez en la misma falta leve.
  2.   Agredir o faltarle el respeto al personal de la institución  con palabras obscenas
  3.  Algún  Agredir (con golpes, con objeto   o morder a  un compañero o compañera dentro del preescolar)
  4.  Presentar más de tres retardos  continuos.
  5.  inasistencias prolongadas del niño o la niña sin justificativo del representante legal ante la institución
ARTCULO 75   PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO PARA SANCIONAR FALTAS  GRAVES:
Las faltas graves  serán sancionadas teniendo en cuenta: En primer caso cada falta será sancionada independientemente de las otras En el segundo caso se atiende el literal "2   " de las faltas graves de este manual que reza "Toda falta leve reiterada se considera Grave".
Procedimiento: cuando el o los estudiantes incurra por primera vez en alguna de las faltas establecidas , el Docente  o persona que ha observado la falta reportará los estudiantes involucrados a la dirección del plantel, este llenará el formato de recepción de falta donde aparezca el nombre de los implicados o personas en conflicto la descripción de la falta, el o los correctivos aplicados , la fecha y hora , la versión del docente observador y mediante un comunicado escrito citara a los acudientes de los implicados en la falta que deberán presentarse a más tardar en las 24 horas siguientes a la notificación de la misma. Cuando el o los acudientes se presenten el director  expondrá lo sucedido y escuchara la versión de ambas partes cumpliendo con el debido proceso; de todo lo anterior quedará constancia de lo expresado por los acudientes de las familias implicadas.
 Correctivos:
El director orientará a los padres de las partes implicadas sobre la importancia de la sana convivencia y el objetivo del jardín en su proceso de formación.
Si la falta cometida es por primera vez y teniendo en cuenta los agravantes que se mencionan en el manual, tendrán que hacer en compañía de sus acudientes un trabajo de sensibilización para todos los estudiantes del preescolar  sobre la importancia de la sana convivencia escolar y el respeto por los derechos de los demás.
Parágrafo: si la falta cometida es en prejuicio de los bienes ajenos de cualquier miembro del  preescolar  este deberá reparar o resarcir los daños causados. Los cuáles serán responsables de tal acción el padre o los acudientes a cargo de la responsabilidad del involucrado.
Procedimiento: cuando el estudiante incurra en cualquiera de estas faltas por tercera vez se realizaran los
Siguientes correctivos.
Correctivos:   el estudiante, asiste con su representante  al  preescolar pero a realizar actividades tipo formativos asignadas por el coordinador de convivencia, este semillitas de paz
correctivo tendrá una duración de uno a (2) a tres (3) días
Parágrafo: si la falta cometida es en prejuicio de los bienes ajenos de cualquier miembro del jardín deberá reparar o resarcir los daños causados. Los cuales será responsable el padre de familia o acudiente a cargo de la responsabilidad del involucrado.
Parágrafo: todas las acciones correctivas tienen un fin pedagógico y formativo en pro de fortalecer la integralidad de los individuos que conforman nuestra comunidad educativa.
TITULO VIII  DE LAS MEDIDAS DISCIPLINARIA DEL PERSONAL DIRECTIVO, DOCENTE, ADMINISTRATIVO Y  OBRERO
CAPITULO I  FALTA Y DE LAS SANCIONES DEL PERSONAL DIRECTIVO Y DOCENTE.           
Gaceta oficial del Estado Miranda  número extraordinario  decreto nº SG- 226 02/07/98 el cual decreta el REGLAMENTO INTERNO DISCIPLINARIO DE LOS DOCENTES AL SERVICIO DEL ESTADO MIRANDA.

Los docentes  al servicio del Estado Miranda responden penal, Civil, administrativo, y  Disciplinariamente  por los delitos, faltas, hechos ilícitos e irregularidades administrativas cometidas en el ejercicio  de sus funciones. Esta responsabilidad no excluye a la que pudiere corresponderles por efectos de Leyes especiales o de su condición de ciudadanos


Artículo 78   LOS MIEMBROS DEL PERSONAL DOCENTE INCURREN EN FALTA LEVE EN LOS SIGUIENTES CASOS:

1. Retardo reiterado en el cumplimiento del horario de trabajo.
2. Inasistencia injustificada al trabajo durante dos (2) días hábiles en el término de un mes.
3. Incumplimiento de las normas de atención debida a los miembros de la comunidad educativa.
4. Incumplimiento reiterado de las actividades docentes relativas a la planificación, desarrollo de la enseñanza, y uso y mantenimiento de las ayudas pedagógicas en el aula.    
5. Retardo injustificado en la entrega de los recaudos relativos a la administración escolar.

Artículo 79   LAS SANCIONES DEL REGIMEN DISCIPLINARIO  APLICABLES A LOS MIEMBROS DEL PERSONAL DOCENTE  Gaceta oficial del Estado Miranda  número extraordinario  decreto nº SG- 226 02/07/98 el cual decreta el REGLAMENTO INTERNO DISCIPLINARIO DE LOS DOCENTES AL SERVICIO DEL ESTADO MIRANDA.

1. Amonestación verbal.
2. Amonestación escrita.
3. Separación del cargo con o sin goce sueldo
4. Destitución e inhabilitación para el ejercicio de la profesión docente.


Artículo 80    DE LAS AMONESTACIONES

 La amonestación oral consiste en la represión que hace el supervisor inmediato, en el lugar de trabajo, personal y privadamente, al docente objeto de la sanción.

Artículo 81   SON CAUSALES DE AMONESTACIÓN VERBAL

1. Negligencia en el cumplimiento de los deberes y responsabilidades en el cargo .
2. Retardo injustificado y reiterado en el horario de trabajo.
3. Retardo en la entrega de recaudos de la planificación enseñanza o evaluación de los alumnos.
4. Conducta descuidada o negligencia en el manejo de documentos, materiales, útiles, y otros bienes del Estado.
 5. Falta de cortesía en el trato con miembros de la comunidad educativa.
6 cualesquiera otra falla que no ameriten una sanción mayor conforme a este reglamento.

PARAGRAFO UNICO: la amonestación verbal la hará privadamente el funcionario del cual depende directamente el docente y deberá ser comunicada por escrito a la Dirección General de Recursos Humanos de la Gobernación y a la Dirección de Recursos Humanos de la Dirección de Educación del Estado con copia al docente amonestado

Artículo  82     LA AMONESTACIÓN ESCRITA
Consiste en la represión que, extendida por escrito, hace el funcionario de mayor jerarquía dentro del servicio o plantel, al docente objeto de la sanción.

Artículo 83   SON CAUSALES DE AMONESTACIÓN ESCRITA:
1 Tres amonestaciones verbales  en el término de un año.
2 Falta de respeto debido a los superiores, subalternos o compañeros de trabajo y al publico
3  La inasistencia injustificada al trabajo durante un (1) día hábil, o dos turnos de trabajo, en el término de un mes.
4. La inasistencia injustificada al trabajo durante dos (2) días hábiles en el plazo de seis (6) meses, o durante tres (5) días hábiles en el plazo de un año.
5  ejercer actividades de proselitismo político con motivo o en ocasión del desempeño de sus funciones
6  Recomendar a personas determinadas para ser nombradas o ascendidas o para obtener ventajas o beneficios en la carrera.
7  cualquiera otra falla o circunstancias que no estuvieren sancionadas con amonestación verbal, o con la suspensión del sueldo, o la destitución.

PARAGRAFO UNICO: La amonestación escrita previa la comprobación de su causal, la hará el funcionario de mayor jerarquía dentro del servicio, sección, departamento o división al cual pertenezca el docente.  De la cual remitirá una copia de la misma a la Dirección General de Recursos Humanos de la Gobernación y a la Dirección de Recursos Humanos de la Dirección de Educación del Estado.

Artículo 84  Tres amonestaciones escritas constituyen causal de separación del cargo, cuando se produzcan dentro del plazo de un año.

Artículo 85   La suspensión  del cargo  cuando para realizar una investigación administrativa o judicial fuere conveniente a los fines de la misma suspender del cargo a un docente, la misma podrá decretarse con goce de sueldo a solicitud del superior jerárquico y acodada por la Directora General de Educación. Esta suspensión no podrá durar más de 30 días continuos, con una sola prórroga debidamente sustanciada, que no podrá exceder de diez días (10) continuos. Vencido este lapso, sin que se hubiese dictado la resolución en la averiguación el docente deberá ser reintegrado a su cargo.

Artículo 86   Si contra el docente se dictare auto  detención, conforme a Legislación Penal Vigente se le suspenderá del ejercicio del cargo sin goce de sueldo. Si el auto detención fuese revocado o la sentencia fuere absolutoria se le reintegrara con el goce de todos sus derechos en el cargo, sin que deba ser cancelado el salario no percibidos durante la suspensión.

Artículo 87    La destitución  son faltas graves y constituye delitos de destitución
:
1.    Haber sido objeto de tres (3) amonestaciones escritas en el periodo de un año
2.    Falta de probidad, vías de hecho , injurias, insubordinación, conducta inmoral en el trabajo o actos lesivos al buen nombre, o a los intereses del Estado o de sus respectivas independencias
3.    Perjuicio material grave causado intencionalmente o por negligencia manifiesta a los bienes del Estado
4.    La inasistencia injustificada  al trabajo durante tres días hábiles  en el período de un mes.
5.    Abandono del trabajo
6.    Sentencia condenatoria definitivamente firme que implique privación de libertad o acto declaratorio de culpabilidad administrativa
7.    Revelación de asuntos reservados o confidenciales de los cuales tenga conocimiento por su condición de docente
8.    Tener participación por si o interpuesta personas en firmas o sociedades  que tengan relaciones con la respectivas dependencia, cuando estas están vinculadas directamente con el cargo que desempeña, salvo que el docente haya hecho conocer por escrito esta circunstancia para que le revele del conocimiento o tramitación del asunto en cuestión.
9.    La solicitud o recepción de dinero o cualquier otro beneficio material valiéndose de su condición de docente al servicio del Estado.
10.  La  aplicación de castigos corporales o afrentosos a los alumnos
11. Por abandono del cargo sin haber obtenido licencia o antes de haber hecho entrega formal del mismo a quien deba reemplazarlo o a la autoridad educativa competente, salvo que medien motivos de fuerza mayor a casos fortuitos
12. Por la inasistencia y el incumplimiento reiterado de las obligaciones que le corresponden en las funciones de evaluación del rendimiento estudiantil.
13. La ejecución de actos que evidencie  conducta contraria a la ética profesional, a la moral, a las buenas costumbres y a los principios que informan nuestra Constitución y las demás leyes de la República.
14. La  violencia de hecho o de palabras contra sus compañeros de trabajo, sus superiores jerárquicos o sus subordinados y alumnos u otros miembros de la comunidad educativa
15.  Por utilizar medios fraudulentos para beneficiarse de cualquiera de los derechos que acuerde la Ley.
16.   Por coadyuvar a la comisión de faltas graves cometidas por otros miembros de la comunidad educativa.

CAPITULO II   FALTAS DEL  PERSONAL OBRERO Y ADMINISTRATIVO

Artículo 88   SE CONSIDERAN  FALTAS LEVES LAS SIGUIENTES:
                                 
ü   Incumplimiento de los deberes, asignaciones o tareas.
ü   Retardo reiterado en el cumplimiento del horario de trabajo en el término de un mes.
ü  Incumplimientos de las normas de atención debido a los miembros de comunidad educativa.
ü  Retardo injustificados en la entrega de recaudos relativos a la administración escolar  o en la hora de entrada al trabajo.
ü  Todas aquellas que entorpezcan levemente el normal funcionamiento del plantel.

Articulo 89  FALTAS GRAVES
ü  Por aplicación de castigos corporales o afrentosos a los alumnos.
ü   Manifiesta negligencia en el ejercicio del cargo.
ü   Por abandono del cargo sin haber obtenida licencia o entes de haber hecho entrega formal del mismo a quien deba reemplazarlo o a la autoridad educativa competente.
ü  Por violencia de hechos o de palabras contra sus compañeros de trabajo, sus superiores jerárquicos o sus subordinados.
ü   Por utilizar medios fraudulentos para beneficiarse de cualquiera de los derechos que acuerde la ley orgánica de educación y su Reglamento.
ü   Reincidir en una falta leve.
ü   Ausentarse de la Institución sin debida autorización.
ü   Insubordinación o desobediencia al personal de la Institución.
ü   Faltas al trabajo  sin justificarlas.
ü   Deterioro voluntario de las instalaciones del plantel.
ü  Falsificación de firmas y / o documentos.
ü   Por observar conducta contraria a la ética profesional a la moral y a las buenas costumbres, o a los principios que informan nuestra constitución.
ü   Consumir cigarrillos o bebidas alcohólicas.
ü   Participar en riñas o peleas.
ü  Hurtar o robar objetos y bienes a la Institución.
ü  Actos lascivos y/o sexuales en salones o en otras áreas de la Institución.
ü  Falsificar las convocatorias, participaciones y comunicaciones personales.
ü  Portar armas peligrosas y/o cualquier sustancia tóxica.
ü  Introducir en el plantel impresos ajenos o contrarios a la filosofía educativa.

TÍTULO X. EVALUACIÓN Y RENDIMIENTO ESTUDIANTIL
CAPITULO I    EVALUACIÓN Y RENDIMIENTO ESTUDIANTIL EN INICIAL
Artículo.90. DEFINICION.  Es un  proceso permanente de valoración de las potencialidades de los niños  y niñas de los aprendizajes adquiridos, así como de las condiciones que la afectan (MED 2005)
Artículo.91.   PROCESO DE EVALUACIÓN EN INICIAL 
Será continua, integral y cooperativa
Parágrafo único. Las madres, padres y representantes están obligados a ayudar a sus hijos  o representados en el proceso de evaluación.
Artículo 92  La actuación general de los alumnos será evaluada a través de los siguientes tipos de evaluación: diagnostica, formativa, cualitativa.
Artículo 93   Las estrategias de evaluación se aplicaran a través de técnicas e instrumentos tales como observación, lista de cotejo, registros diarios, anecdóticos, y otros que estén en el nuevo diseño curricular.
Artículo 94   La evaluación en educación inicial se realizara en tres momentos inicio de septiembre a diciembre- desarrollo de Enero Abril y cierre de Mayo a Julio 
Artículo 95 La evaluación será realizara en base a tres componentes formación personal y social, comunicación y representación y relación con el ambiente.
Artículo 96  Rendimiento estudiantil se aplicara el instrumento IDAL (Instrumento de evaluación diagnóstica y  avances  de Lectura) a los estudiantes el tercer grupo de Inicial en tres momentos  (Octubre I - Marzo II - junio III)  El estudiante será evaluado en las diferentes etapa de la lectura (Logográfica, Alfabética, y ortográfica) con una escala de estimación N  nunca, P.V. poca veces,  .A.V algunas veces, M.V muchas veces S siempre 
TITULO XI.
DISPOSICION DEROGATORIA.
Única. Se deroga el reglamento interno y/o el manual de convivencia publicados y aprobados años anteriores.
 DISPOSICIONES FINALES.
·         El presente Acuerdo De Convivencia Escolar y Comunitario entrara en vigencia a partir de la publicación y  previa acta de aprobación firmada y sellada por la comunidad escolar en asamblea extraordinaria, así como  revisión de las autoridades: Municipio Escolar, de la Zona Educativa del Edo Bolivariano de Miranda y el Consejo Municipal de Derecho de los niños niñas y adolescentes, en la localidad de Charallave a los 15 días del mes de Marzo  de año 2017
·         Este documento está sujeto de modificaciones.
·         El presente acuerdo de convivencia escolar y comunitaria tendrá vigencia de tres  (02)  años, se establece para el año escolar  2017 -2018 -  2018 - 2019
Desempeño académico
9)    Rendimiento estudiantil por grado y sección en educación inicial el rendimiento  del estudiante se da a través del Instrumento de Evaluación Diagnóstica y  Avances de la Lectura ( IDAL), el mismo se aplica en tres momentos durante el año escolar Octubre, Marzo y Junio, para el año    2016-2017 el avance estuvo un 63%
10)  Asistencia  de los niños a pesar de las circunstancias de escasez  de alimentos, colas para adquirir la cesta básica, la institución cuenta con el programa de alimentación escolar MIPAE, por lo tanto hubo buena asistencia   durante el año escolar 2016-2017 se mantuvo siempre en un 65%

COMPORTAMIENTO DE ASISTENCIA DE LOS ESTUDIANTES DEL CEIE CURACIRIPA

ENTRE LOS AÑOS 2014 AL 2017


2014-2015
Matricula Inicial 63
Matricula final 65
Días
Porcentaje de asistencia
%
2015-2016
Matricula inicial 62
Matricula final 67
Días
Porcentaje de asistencia
%
2016-2017
Matricula inicial 75
Matricula final 75
Días
Porcentaje de asistencia  
%
Septiembre
11
52
Septiembre
11
62
Septiembre
5
0
Octubre
23
49
Octubre
21
41
Octubre
20
63
Noviembre
20
46
Noviembre
21
54
Noviembre
22
60
Diciembre
10
47
Diciembre
8
33
Diciembre
6
33
Enero
18
40
Enero
16
49
Enero
17
72
Febrero
17
60
Febrero
19
53
Febrero
18
72
Marzo
20
51
Marzo
18
70
Marzo
23
89
Abril
20
61
Abril
18
87
Abril
14
69
Mayo
20
56
Mayo
18
73
Mayo
22
53
Junio
21
51
Junio
21
73
Junio
22
54
Julio
13
48
Julio
12
26
Julio
4
37









                                                     
Fuente estadísticas mensuales 


Este gráfico muestra la asistencia de los estudiantes durante tres años escolares, siendo la más alta 2016-2017, y la más baja  2014.  2015.





   RESULTADOS DEL IDAL 2016-2017 

          CONSOLIDADO DE LA ESCUELA

Región Educativa: Charallave. Cua   Municipio:  Cristóbal Rojas  Red Escolar:  Sta. Rosa de Lima  Nº 77

Plantel: Centro de Educación Inicial Estadal Curaciripa  

Director (a): Licda Clelia L de Guzmán  Teléfono: 0414.283.03.  E-mail: ceiecuraciripa2001@hotmail.com

Número de secciones: Inicial  XXX Primer grado:_______ Segundo grado:_______ Tercer grado: ________


I REPORTE (Octubre 2016)

EDUC. INICIAL
PRIMER GRADO
SEGUNDO GRADO
TERCER GRADO

V
H
T
V
H
T
V
H
T
V
H
T

MATRÍCULA
11
08
19

EVALUADOS
11
08
19

NO EVALUADOS
-
-
-


ETAPAS DE LA LECTURA
EDUC. INICIAL
PRIMER GRADO
SEGUNDO GRADO
TERCER GRADO

V
H
T
V
H
T
V
H
T
V
H
T

LOGOGRÁFICA
11
06
17

ALFABÉTICA
02
02

Ortográfica  Silabeante

Ortográfica  Fluida

TOTAL ORTOGRÁFICA

TOTAL GENERAL
11
08
19

Observaciones:


II REPORTE (Marzo 2017)

EDUC. INICIAL
PRIMER GRADO
SEGUNDO GRADO
TERCER GRADO

V
H
T
V
H
T
V
H
T
V
H
T

MATRÍCULA
11
08
19

EVALUADOS
11
08
19

NO EVALUADOS


ETAPAS DE LA LECTURA
EDUC. INICIAL
PRIMER GRADO
SEGUNDO GRADO
TERCER GRADO

V
H
T
V
H
T
V
H
T
V
H
T

LOGOGRÁFICA
05
03
08

ALFABÉTICA
05
03
08

Ortográfica  Silabeante
01
02
03

Ortográfica  Fluida

TOTAL ORTOGRÁFICA

TOTAL GENERAL
11
08
19

Observaciones:



I REPORTE (Junio 2017)

EDUC. INICIAL
PRIMER GRADO
SEGUNDO GRADO
TERCER GRADO

V
H
T
V
H
T
V
H
T
V
H
T

MATRÍCULA
11
08
19

EVALUADOS
11
08
19

NO EVALUADOS


ETAPAS DE LA LECTURA
EDUC. INICIAL
PRIMER GRADO
SEGUNDO GRADO
TERCER GRADO

V
H
T
V
H
T
V
H
T
V
H
T

LOGOGRÁFICA
04
03
07

ALFABÉTICA
04
03
07

Ortográfica  Silabeante
03
02
05

Ortográfica  Fluida

TOTAL ORTOGRÁFICA

TOTAL GENERAL
11
08
19

Observaciones:



Nombre  del Animador PILAS


Teléfono:
PROF CARMEN L LOPEZ
0414-029.12.33
De los 19 estudiantes que iniciaron el mes de Octubre 17 se encontraban en la etapa logográfica, y  02   en la etapa alfabética, para el mes de junio 07 siguieron en la etapa logográfica, 07 pasaron a la etapa logográfica y cinco culminaron en la etapa ortográfica silabeante. Para un 63 %  de rendimiento académico. 
CERTIFICACION DE ESCUELA CONSOLIDADA  DURANTE 3 AÑOS CONSECUTIVOS POR EXCELENTE RENDIMIENTO ACADEMICO, 90 % ASISTENCIA DE ESTUDIANTES Y PERSONAL DOCENTE Y OBRERO



1)    Deserción en preescolar no se da este paso
2)    Repitencia en preescolar no se da este paso
De las madres, padres y representantes:
3)    Origen, edad, ocupación, estado civil, nivel de instrucción, creencias religiosas.
      La mayoría de las madres son adolescentes, solteras, tienen entre dos y tres hijos (as), de varias parejas, de ocupación amas de casa, su nivel de instrucción muy pocas alcanzan a ser bachiller, en otros casos los hijos son criados por las abuelas por abandono de la madre, en cuanto a las creencias hay diversidad católicos, testigos de jehová, evangélicos,  Santeros. En cuanto a los Padres también son adolescentes que en su mayoría se dedican a ser moto taxis.  
4)    Consejo educativo  
El consejo educativo  del CEIE Curaciripa, lo conforman 11 comités de trabajo, integrado por 19 personas, el documento fue  entregado  el 20.11.2017, antes las oficinas de comunidades educativas de la zona educativa Valles del tuy para su registro ante la taquilla única.


 



REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Ministerio del Poder Popular para la Educación
Centro de Educación Inicial Estadal Curaciripa

ACTA DE ADECUACIÓN DEL CONSEJO EDUCATIVO.
AÑO ESCOLAR 2017-2018
.
   Hoy, 06 de octubre  de 2017, siendo las  9: 30  am, se reunieron en Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas en la institución educativa en las instalaciones de la institución educativa: Centro de Educación Inicial Estadal Curaciripa, código DEA OD10491508, ubicado en el sector C parte alta de la comunidad de Curaciripa; adscrito a la zona Educativa Nº 18 , parroquia Charallave . Municipio  Cristóbal Rojas del Estado Bolivariano de Miranda, una vez verificada la comunidad educativa, se deja constancia de  la asistencia  38 (treinta y ocho), un   (62%),sesenta y dos por ciento se dio inicio a la asamblea ordinaria previa convocatoria; estudiantes, madres, representantes, responsables, docentes, obreros, administrativos, personas jurídicas así como voceras y voceros  de las organizaciones comunitarias del  Poder Popular vinculadas a la institución, con el objetivo de constituir los diferentes Comités para la organización del  CONSEJO EDUCATIVO, y así dar cumplimiento a lo establecido en la Resolución N° 058 de fecha  16 de octubre de 2012, emanada del Ministerio del Poder Popular para la Educación, y publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.029 de la misma fecha, y el alcance en la circular N° 007589 de fecha 18/07/2013; la cual establece que es la instancia ejecutiva, de carácter social, democrática, responsable y corresponsable de la gestión de las políticas públicas educativas en articulación inter e interinstitucional y con otras organizaciones sociales en las instituciones educativas. A tal efecto se procedió a  la conformación del precitado Consejo que regirá para el presente año escolar: 2017-2018, La resolución 058 a través del Consejo Educativo establece los Objetivos 1. Garantizar el desarrollo y defensa de una educación integral y permanente,   de calidad para todas y todos,    democrática,   gratuita,  obligatoria, liberadora, transformadora, emancipadora como derecho humano y deber social fundamental en igualdad de condiciones y oportunidades, sin discriminación, sin distingo de edad, género, con respeto a sus potencialidades, a la diversidad étnica, lingüística y cultural, atendiendo a las características locales, regionales y nacionales……………………………………………………………………………………….............................

 2) Impulsar la formación integral de las ciudadanas y los ciudadanos, fortaleciendo sus valores éticos, humanistas sociales, garantizando la convivencia comunal, sus deberes y derechos colectivos.3) Profundizar desde el proceso curricular, los ejes integradores: ambiente y salud integral, intercultural, derechos humanos y cultura de paz, lenguaje, trabajo liberador, soberanía y defensa integral de la Nación y las tecnologías de la Información libre, a partir de la conformación de colectivos de aprendizaje. 4) Garantizar la organización del Consejo Educativo y su funcionamiento en los niveles y modalidades del subsistema de educación básica. 5) Propiciar espacios de participación protagónica y corresponsable para la organización, planificación, ejecución, control, seguimiento y evaluación del Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC), a partir de la concepción de la escuela como uno de los centros del quehacer comunitario y la comunidad como centro del quehacer educativo.  La duración en el cumplimiento de las funciones de los órganos constitutivos del Consejo Educativo es de un (01) año contado a partir del momento de la elección y sus miembros podrán ser reelegidas y reelegidos, pudiendo ser revocadas y revocados al cumplir la mitad de su período (CRBV, Art.72). El Registro del Consejo Educativo se realiza después de la elección y conformación de cada uno de los Comités que la constituyen, a través del SIGE. A tales efectos se procedió a la conformación y ratificación del  Consejo Educativo el cual quedó integrado de la manera siguiente : El Comité de Madres, Padres, Representantes o Responsables: Es la instancia de participación del colectivo social para ejercer funciones enmarcadas en la formación de principios, creencias, actitudes, hábitos, valores como el respeto, reflexión para concretizar en lo local, regional y nacional la responsabilidad y corresponsabilidad de las familias, escuela, sociedad y el Estado.   Está conformado por las vocerías de las madres, padres,  representantes y  responsables,  como también   por las     vocerías de los colectivos sociales  de la comunidad y de la escuela,   reconociendo el hogar como la primera  instancia Socializadora, responsable y corresponsable en los procesos de aprendizaje y     desarrollo de sus hijas e hijos. Son sus funciones las siguientes: 1. Asistir a las Asambleas ordinarias y extraordinarias convocadas por el Consejo Educativo, a través de las y los voceros y viabiliza sus decisiones.2. Participar en actividades educativas, sociales, asistenciales, económicas, culturales, artísticas, deportivas y recreativas promovidas por el Consejo Educativo u otra instancia comunitaria o del Estado.3. Participar en la construcción,  ejecución, control, seguimiento y evaluación del Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC). 4. Organizar, promover y ejecutar jornadas de conservación, mantenimiento y recuperación de los bienes, muebles e inmuebles e infraestructura de las instituciones educativas.5. Promover la articulación de las familias, escuela y comunidad para coadyuvar en la atención educativa integral en los procesos de enseñanza-aprendizaje de las niñas, niños, adolescentes, jóvenes, adultas y adultos, participando en la elaboración y ejecución de los planes de acción.6. Sistematizar y difundir las prácticas e innovaciones de la gestión escolar, en el ámbito local, municipal, regional y nacional. 7. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la Asamblea Escolar. El Comité de Madres, Padres representantes y Responsables está conformado por: Córdova Hassel  CI:V Nº  15.646.604 , Vanessa Otaiza CI: V Nº  18.914.077 , Rosales Guerra Yeltsin    CI:V Nº 20.594.774   …………………………………………………………………………………………………………………................
El Comité Académico: Es la instancia que contribuye a la formación permanente e integral de las ciudadanas y los ciudadanos responsables y corresponsables de la gestión escolar. Apoya en el desarrollo de potencialidades para aprender y propicia la construcción e innovación del conocimiento, de los saberes, fomentando la actualización, el mejoramiento y el desarrollo profesional de quienes lo integran. El Comité Académico está conformado por las vocerías del Colectivo de Formación e Investigación Permanente, estudiantes, trabajadoras administrativas, trabajadores administrativos, directivas, directivos, docentes, obreras y obreros. Son sus funciones las siguientes: 1. Impulsar la formación permanente e integral de todas y todos los responsables y corresponsables que constituyen el Consejo Educativo, en los aspectos ecológicos, ambientales, culturales, recreativos, deportivos, socio productivos, agroalimentarios, de salud, comunicacional, de investigación e innovación, tecnológico, experiencias    y saberes   originarios    con el fin de    generar una    nueva    ciudadanía con
 responsabilidad social y soberanía cognitiva, que coadyuve el desarrollo pleno de la personalidad para la transformación social consustanciados con los valores del humanismo democrático, así como la   identidad  nacional    y      con visión latinoamericana y caribeña.2.
Promover la actualización y mejoramiento del nivel de conocimiento y desempeño de las y los responsables de la formación de ciudadanas y ciudadanos. 3. Participar conjuntamente con los demás integrantes del Consejo Educativo en la planificación y ejecución de la evaluación del desempeño de las y los Responsables de la gestión escolar. 4. Impulsar el proceso curricular según la realidad local, municipal, regional y nacional en el marco del enfoque geo-histórico. 5. Participar protagónicamente con los demás integrantes del Consejo Educativo en la gestión escolar. 6. Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar en el ámbito local, municipal, regional y nacional. 7. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la Asamblea Escolar. El Comité Académico esta conformado por: Clelia L de Guzmán CI:V Nº 10.073.125, Marianela Guzmán  CI:V Nº 12.976.375, Verónica Bolívar  CI:V Nº 14.838.879 ,  Carmen López  CI:V Nº  6.344.422, Guerra Yanitza  CI:V Nº 8.754.301……………..........................................................................................................
El Comité de Comunicación e Información: Es la instancia que contribuye a la promoción, divulgación y comunicación referida a las variables escolares mediante el trabajo articulado con la red de medios públicos y comunitarios. Está conformado por las vocerías de estudiantes, directivas, directivos, docentes, trabajadoras administrativas, trabajadores administrativos, obreras, obreros y las organizaciones comunitarias del poder popular. Son sus funciones las siguientes: 1. Impulsar la conformación de formas y medios de comunicación (impresos, radiales y audiovisuales) en las instituciones educativas y en la comunidad.2. Hacer uso de la tecnología de la información y la comunicación para coordinar, organizar y orientar la gestión escolar.3. Participar en la creación y organización de un sistema de comunicación institucional, comunitario y alternativo, así como en la conformación del comité de usuarias y usuarios para promover y defender los derechos e intereses comunicacionales de las niñas, los niños, adolescentes, jóvenes, adultas y adultos. 4. Participar y articular acciones con los medios públicos, alternativos y comunitarios para el apoyo y difusión de las actividades y programas educativos, sociales y culturales que promuevan la conciencia social, convivencia en armonía, amor, respeto, paz y tolerancia en el marco del vivir bien. 5. Impulsar la conformación de los Comité de usuarias y usuarios voluntarios con el propósito de fortalecer el uso reflexivo y crítico de los mensajes trasmitidos a través de los medios de comunicación social. 6. Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar   en el ámbito   local, municipal, regional y  nacional 7. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la Asamblea Escolar. El Comité de Comunicación e Información esta conformado por:…Verónica Bolívar  CI:V Nº 14.838.879 ,  Carmen López  CI:V Nº  6.344.422, Guerra Yanitza  CI:V Nº 8.754.301…….....................................................................................................
El Comité de Seguridad y Defensa Integral: Es la instancia encargada de ejercer acciones dirigidas a la prevención, seguridad, defensa y protección, en el marco de la responsabilidad y la corresponsabilidad, orientado por valores de respeto, reflexión y participación, entre otros. Está conformado por las madres, padres, representantes y responsables, estudiantes, docentes, directivos, trabajadoras administrativas, trabajadores administrativos, obreras, obreros y organizaciones comunitarias, entre otros. Son sus funciones: 1. Elaborar y coordinar un plan de promoción, defensa, prevención y protección integral para las instituciones educativas, en el cual se articulan acciones conjuntas entre familia, escuela y comunidad. 2. Impulsar acciones para la formación permanente del Consejo Educativo que potencien una cultura de defensa, prevención y protección integral frente a situaciones que se constituyen en amenazas, vulnerabilidades y riesgos para la integridad de las niñas, los niños, adolescentes, jóvenes, adultas y adultos. 3. Articular estrategias para la seguridad y protección de las niñas, los niños, adolescentes, jóvenes, adultas y adultos y la protección de las instituciones educativas, con los entes de seguridad ciudadana tales como: Policía Nacional Bolivariana, Bomberos, Protección Civil, Guardia Nacional Bolivariana, Tránsito Terrestre, Milicia Nacional Bolivariana, Comité de Seguridad de los Consejos Comunales y Comunas, Salas de Batalla, Oficina Nacional Antidrogas (ONA), Fundación José Félix Ribas y Dispositivo Bicentenario de Seguridad Ciudadana (DBISC), entre otros. 4. Contribuir con la formación de los colectivos de gestión integral de riesgo en la elaboración de planes de emergencia, señalizaciones de seguridad, mapas de estrategias para la seguridad y protección de las niñas, niños, adolescentes, jóvenes, adultas, adultos y la protección de las instituciones educativas. 5. Impulsar y elaborar   sistemas de   alerta temprana, simulacros en situaciones de emergencias, entre otros, en el marco de la articulación intra e  interinstitucional y la comunidad para la prevención de riesgos.6. Realizar inventario de los daños causados en las instituciones educativas, correspondientes a bienes materiales, seres humanos y gestionar ante los organismos competentes las soluciones pertinentes a las realidades  evidenciadas.     7. Impulsar jornadas culturales,    recreativas  y    deportivas que contribuyan a la formación  permanente e integral de las niñas, niños, adolescentes, jóvenes adultas y adultos de las instituciones educativas y comunidades. 8. Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar en el ámbito local, municipal, regional y nacional. 9. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la Asamblea Escolar. El Comité de Seguridad y Defensa Integral  esta conformado por :, Juana Ysabel Martínez CI:V Nº14.966.564,  Kleivy Coromoto  Guzmán   CI:V Nº 19.494.182, Deibely Capote CI:V Nº23.798.015 … ……………………………………………………………………………........................................................
El Comité de Ambiente, Alimentación  y Salud Integral: Es la instancia encargada de impulsar acciones dirigidas a la promoción, prevención, conservación y preservación del ambiente a favor de la salud integral, orientado por valores de fraternidad, responsabilidad, corresponsabilidad, cooperación y la convivencia en el marco de la solidaridad. Está conformado por las madres, padres, representantes y responsables, estudiantes, docentes, directivos, trabajadoras administrativas, trabajadores administrativos, obreras, obreros y organizaciones comunitarias, entre otros. Son sus funciones las siguientes: 1. Impulsar acciones en el marco del Eje Integrador Ambiente y Salud Integral para potenciar el desarrollo local, regional y nacional, a través de experiencias, saberes populares y ancestrales que contribuyan con la preservación y Conservación del ambiente y de la salud integral de las familias, la escuela y la comunidad. 2. Fortalecer la función social de la escuela a través del desarrollo de jornadas de  prevención y promoción para potenciar la salud integral de las niñas, niños, Jóvenes, adolescentes adultas y adultos, con articulación intra e interinstitucional, tales como: Barrio Adentro, Comité de los Consejos Comunales y Comunas, Centros de Diagnóstico Integral, Hospitales, Instituto Nacional de Nutrición, entre otros. 3. Impulsar la formación permanente integral de los actores claves del proceso educacional para que participen reflexiva, crítica y creativamente en el sistema alimentario de las instituciones educativas y en la preservación y conservación del ambiente. 4. Garantizar la salud integral a
través de acciones que creen conciencia individual y colectiva de una alimentación autóctona, sana, segura, balanceada, nutritiva y sabrosa en las familias, escuela y la comunidad, a través de la supervisión, seguimiento, control y evaluación del servicio alimentario de las instituciones educativas. 5. Promover una educación en salud preventiva con el uso de la medicina alternativa, como parte de los saberes populares y ancestrales en lo local, regional
 nacional. 6. Crear colectivos ambientalistas y ecológicos para la protección del ambiente, defensa del patrimonio cultural, ambiental y la soberanía nacional 7.  Sistematizar y difundir  las experiencias e innovaciones de la gestión escolar en el ámbito local, municipal, regional y nacional. 8. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la Asamblea Escolar. El Comité de Ambiente, Alimentación  y Salud Integral: esta conformado por Juana Ysabel Martínez CI: V Nº14.966.564,  Kleivy Coromoto Guzmán    CI:V Nº 19.494.182, Deibely Capote CI:V Nº23.798.015 …………….....................................................................................................................
El Comité de Deportes y Educación Física: Es la Instancia encargada de impulsar acciones dirigidas a la promoción, organización, fomento y administración del deporte, la actividad física y la educación física con fines educativos y sociales, orientada por los principios y valores de identidad nacional, democracia participativa y protagónica, soberanía, justicia, honestidad, libertad, respeto a los derechos humanos, igualdad, lealtad a la patria y sus símbolos, equidad de género, cooperación, autogestión, corresponsabilidad, solidaridad y protección del ambiente. Está conformado por las madres, padres, representantes y responsables, estudiantes, docentes, directivos, trabajadoras administrativas, trabajadores administrativas, obreras, obreros y organizaciones comunitarias, entre otros. Son sus funciones las siguientes: 1. Articular con el Ministerio del Poder Popular para el Deporte a los fines de planificar, ejecutar y evaluar las actividades físicas y de educación física en las instituciones educativas. 2. Crear colectivos de deportes y actividad física que fortalezcan la salud integral de las y los estudiantes, las familias, la comunidad educativa en general y la  Comunidad circundante. 3. Garantizar el desarrollo de los deportes y la educación física mediante planes proyectos y programas propuestos por las organizaciones comunitarias y las Instituciones del Estado.4. Crear alternativas de vida que formen parte de la conciencia social, que tributen a la cultura física, al vivir bien y al desarrollo de habilidades deportivas en las Diferentes  disciplinas. 5. Garantizar el cuido y     mantenimiento       de    las instalaciones deportivas existentes en las instituciones educativas. 6. Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar en el ámbito local, municipal, regional y nacional. 7. Garantizar los planes, programas y proyectos para la incorporación de la población estudiantil en cualquiera de sus niveles y modalidades, a la práctica sistemática de deportes, actividades físicas y la educación física. 8. Elaborar y presentar informe trimestrales de gestión de las actividades ante la Asamblea Escolar. El Comité de Deportes y Educación Física está conformado por: Mara Pérez   CI:V Nº 19.398.615   William Briceño  CI:V Nº  13.583.087, Palacios Geraldin del Carmen CI:V Nº,  22.694.736  
El Comité de Cultura:   Es la instancia   responsable de organizar, orientar   e     impulsar el reconocimiento de las culturas a través actividades    locales, regionales   y nacionales  en las instituciones y centros educativos, promoviendo la formación integral con la finalidad de aportar estrategias para el desarrollo de sus capacidades creativas, expresivas y recreativas siempre bajo un espíritu de inclusión y vinculadas a la gestión escolar. Está conformado por las madres, padres, representantes y responsables, estudiantes, docentes, directivos, trabajadoras administrativas, trabajadores administrativos, obreras, obreros y organizaciones comunitarias, entre otros. Son sus funciones las siguientes: 1. Promover la construcción de la identidad nacional, recuperando colectivamente su historia, descubriendo y preservando sus raíces, tradiciones y luchas nacionales libertarias.2. Impulsar proyectos culturales permanentes e integrales que contribuyan a convertir la escuela en el eje dinamizador de la actividad comunitaria. 3. Estructurar y desarrollar programas de apoyo para el sistema de redes escolares y culturales en cada instancia de organización y participación comunitaria. 4. Promover y participar en actividades culturales que contribuyan al desarrollo y consolidación del PEIC y la integración de toda la comunidad educativa en la gestión escolar. 5. Desarrollar e integrar las actividades culturales con los ejes integradores del proceso curricular. 6. Planificar, organizar y participar en actividades culturales articulando con la Misión Cultura, las organizaciones comunitarias e instituciones del estado a nivel local, regional y nacional. 7. Fortalecer las potencialidades creativas, expresivas de las y los estudiantes, directivos, docentes, padres, madres, responsables, representantes y de la comunidad en general, reconociendo y respondiendo a las culturas originarias de los pueblos y comunidades indígenas y afrovenezolanas, valorando su idioma, cosmovisión, valores, saberes, conocimientos y organización social   que constituyen los valores de la Nación. 8. Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar en el ámbito local, municipal, regional y nacional. 9. Garantizar los planes, programas y proyectos para la incorporación de la población estudiantil en cualquiera de sus niveles y modalidades, a la práctica sistemática de actividades culturales. 10. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las Actividades ante la Asamblea Escolar. El Comité de Cultura: esta conformado por Mara Pérez   CI:V Nº 19.398.615  , William Briceño CI:V Nº 13.583.087, Marjorie Urbina CI:V Nº 15.911.667………………………………………………………………………………................................... El Comité de Infraestructura y Hábitat Escolar Es la instancia organizativa encargada de gestionar, promover, planificar y evaluar Las acciones intra e interinstitucionales dirigidas a la construcción, ampliación, mantenimiento,   rehabilitación,     dotación y    preservación de los bienes nacionales y la infraestructura de la planta física escolar.   Está     conformado   por las vocerías de las madres, padres, representantes y responsables, estudiantes, docentes, directivos, trabajadoras administrativas, trabajadores administrativos, obreras, obreros y organizaciones comunitarias, entre otros. Son sus funciones las siguientes: 1. Caracterizar las condiciones de los espacios educativos en los siguientes aspectos: ubicación geográfica, tipo de terreno, medios de accesibilidad, planta física, sistema eléctrico, instalaciones sanitarias, ambientación, áreas verdes, dotación (mobiliarios y equipos), entre otros.2. Elaborar y presentar ante la Asamblea Escolar un plan de acción previamente discutido, para atender las necesidades detectadas en función de generar las posibles alternativas de solución.3. Impulsar y garantizar que las infraestructuras escolares existentes y las que sean construidas respondan a las normas de accesibilidad y los criterios de calidad establecidos para la construcción de la planta física escolar. 4. Organizar y desarrollar jornadas permanentes para el mantenimiento y preservación de la planta física, materiales, equipos, mobiliarios y otros bienes pertenecientes a las instituciones educativas. Asimismo, jornadas para la seguridad, protección y vigilancia de la infraestructura escolar. 5. Planificar y desarrollar de manera articulada con los organismos competentes y las organizaciones comunitarias, actividades de promoción y prevención en el marco de la gestión integral del riesgo y de desastres. 6. Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar, en el ámbito local, municipal, regional y nacional. 7. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la Asamblea Escolar.  El Comité de Infraestructura y Hábitat Escolar: esta conformado por Mara Pérez   CI:V Nº 19.398.615     William Briceño CI:V Nº 13.583.087, Marjorie Urbina CI:V Nº 15.911.667…………………………...........................................................................................
El Comité de Contraloría Social: Es la instancia del Consejo Educativo encargado de la prevención, supervisión, acompañamiento, seguimiento, control y evaluación de la gestión
escolar, antes, durante y después de la ejecución de los planes, programas, proyectos, y acciones de interés colectivo, basada en los principios de justicia, equidad, transparencia corresponsabilidad, celeridad, honestidad, ética para la protección y defensa del buen uso de todos los recursos disponibles de la gestión escolar. Está conformado por las vocerías de los distintos Comité que integran el Consejo Educativo, así como las vocerías de las Organizaciones comunitarias. Son funciones de la Contraloría Social los siguientes: 1. Prevenir, supervisar, acompañar, seguir, controlar y evaluar la gestión escolar de los planes, programas,      proyectos    y acciones   de interés colectivo      que se planifiquen, ejecuten desarrollen en   las instituciones  educativas.    2.   Procesar y     evaluar los planteamientos
presentados por las y los integrantes de los colectivos sociales en relación a la gestión de los Comité que conforman el Consejo Educativo e informar de manera oportuna a la Asamblea Escolar. 3. Divulgar los soportes jurídicos vinculantes al Consejo Educativo y garantizar su Cumplimiento. 4. Garantizar el estricto cumplimiento del Calendario Escolar, los procesos pedagógicos y académicos, las líneas orientadoras que viabilizan el currículo, los horarios de las trabajadoras y los trabajadores, los horarios académicos, la cuadratura, la sin ceración de nómina, la matrícula, la inscripción y las estadísticas de las instituciones educativas. 5.Supervisar, acompañar, controlar y evaluar la calidad y funcionamiento de los bienes y servicios, obras de infraestructura ejecutadas en las instituciones educativas; así como los procesos relacionados con el servicio alimentario (insumos, abastecimiento, procesamiento y distribución), higiene, manipulación y calidad de los alimentos, menú suministrado y contratación delos servicios, entre otros.6. Establecer mecanismos para conocer, procesar, denunciar y hacer seguimiento ante los organismos competentes de las irregularidades pedagógicas, administrativas y jurídicas detectadas en las instituciones educativas.7. Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar en el ámbito local, municipal, regional y nacional. 8. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la Asamblea Escolar. El Comité de Contraloría Social esta conformado por Juana Ysabel Martínez CI: V Nº14.966.564,  Ana Colina    CI: V Nº  6.861.652, Deibely Capote CI: V Nº23.798.015……………………………………………………………….................................................
Comité Comunitario de Inclusión Escolar (PROCOINE): Son la primera instancia del proceso, se conformarán en cada espacio educativo donde inclusión, sea plantel de origen (desde donde egresan las y los estudiantes a ser ubicados y ubicadas) o plantel destino (hacia donde se asignan las y los estudiantes). Esto significa que se constituyen en un colectivo en el espacio y se ampliarán con los voceros y las voceras de los otros colectivos que hacen vida en la institución. Se incluyen planteles oficiales y privados. Son elegidos a través de métodos participativos que garanticen la  legitimidad y el protagonismo de los ciudadanos y las ciudadanas, Son funciones a)   Revisar las últimas estadísticas, nóminas de estudiantes, cortes de evaluación, proyección de promovidos y promovidas en cada grado, registrar esa información y suministrarla a la instancia parroquial o municipal. Es su responsabilidad que los datos para el mapeo sean fidedignos. b) Suministra la información para el Mapeo, residencia de los y las estudiantes para considerar la institución más cercana. Persona por persona. NO LOTES. c) En los planteles de origen, elabora el listado de estudiantes que deben ser ubicados o ubicadas en otra institución. Identificando nombre, apellido, edad, dirección, de acuerdo a la disponibilidad de matrícula y en los formatos respectivos.  d) En los planteles destino, verificar la disponibilidad y garantizar la veracidad de la información, de modo que al realizar el mapeo (contrastar de la disponibilidad por parroquia), los colectivos parroquiales y/o municipales tengan la información fidedigna .e ) Participar en el proceso de Distribución de la Disponibilidad, a través del cual se determina la cantidad de plazas disponibles y las necesidades, f) Recoger los planteamientos de solicitudes y reclamos relacionados con el proceso y canalizarlos hacia los colectivos parroquiales y municipales .g) Remitir a los niños, las niñas y adolescentes no escolarizados o de población flotante, que estén en el área de influencia del plantel a los colectivos parroquiales y/o municipales para su debida atención .h)   Garantizar el fiel cumplimiento de los criterios y principios del proceso. i)  Elaborar cartelera y material donde se informe a la comunidad de aspectos concernientes al proceso comunitario de inclusión escolar. j)  Publicar, en un lugar visible de la institución, el listado de los  estudiantes ubicados y las estudiantes ubicadas.  El director o la directora es responsable de garantizar que los voceros y las voceras del comité comunitario de inclusión escolar institucional (del plantel) participen en el proceso de inclusión y en las diversas actividades que se acuerden. El Comité Comunitario de Inclusión Escolar (PROCOINE) está conformado por:  El Comité de Economía Escolar: Es la instancia del Consejo Educativo encargado de realizar el trámite administrativo y legal de los recursos financieros directos e indirectos de la institución educativa, previamente aprobado en Asamblea de Ciudadanas y Ciudadanos. Estará conformado tres (03) miembros electos en asamblea escolar, los electos  no pertenecen a ningún otro comité antes conformado. Son sus funciones 1- Tramitar ante la banca pública la cuenta bancaria respectiva, 2.- Dar beneficio a el estudiantado en primer instancias, 3- Buen uso de los recursos financiaron que FEDE o cualquier ente descentralizado o cualquier otro de la administración pública o privada otorgue para el mantenimiento o rehabilitación de la institución educativa, 4- Realizar la compra, adquisición de insumos  y materiales para reparaciones menores,  5- Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión y relación de los gastos  ante la Asamblea Escolar.  El Comité de Economía Escolar esta conformado por: esta conformado por  Ana Colina    CI: V Nº  6.861.652,  Vanessa Otaiza CI: V Nº  18.914.077   Clelia Lobo de Guzmán CI: V Nº  10.073.125…………..........................................................
De la Asamblea Escolar: es la máxima instancia de participación, deliberación y toma de decisión del Consejo Educativo, para dar cumplimiento a lo establecido en las leyes y demás normas que rigen el subsistema de educación básica.  La Asamblea estará conformada por las y los responsables y corresponsables como sujetos claves del proceso educativo, vinculados a la gestión escolar. Las Decisiones de la Asamblea Escolar serán tomadas por consenso de la mayoría de las y los asistentes a la Asamblea Escolar vinculados a la gestión escolar. Son  funciones de la Asamblea Escolar las siguientes: 1. Aprobar y legitimar el Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC) con sus respectivos planes, programas, proyectos y recursos, de acuerdo a la política educativa del Estado. 2. Aprobar el documento de Registro del Consejo Educativo y sus normas de funcionamiento, en un lapso no mayor de tres (03) meses a partir del inicio del año escolar. 3. Definir criterios para la revocatoria del mandato de las y los integrantes de los diferentes Comité, partiendo de lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), La Ley Orgánica de Educación (2009), La Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (2007) y el conjunto de Leyes del Poder Popular (2010) que garantizan los derechos de las ciudadanas y los ciudadanos. 4. Discutir, aprobar o revocar los proyectos de comunicación alternativa, salud, socio-productivos, infraestructura, recreación, actividad física y deportes,  los cuales se enmarcarán en el Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC) y se articularán con los proyectos de la comunidad organizada y organismos del Estado. 5. Discutir y por consenso diferir, aprobar o revocar la Memoria y Cuenta del Consejo Educativo. 6. Conocer, discutir y por consenso diferir o legitimar los acuerdos de convivencia escolar y comunitaria. 7. Promover e impulsar la articulación con las organizaciones comunitarias lo relacionado con calendario socio productivo y sociocultural, en función del modelo socio productivo, político y educativo venezolano definido en el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación, de acuerdo a las necesidades reales de la comunidad y el proyecto de país. 8. Garantizar el acto revocatorio previa solicitud del Consejo Educativo, transcurrido la mitad del período para el cual fueron electos las voceras y los voceros integrantes de los Comité………………………………………………………………………………………………………………………
De la convocatoria, tipo de Asamblea de Ciudadanas y Ciudadanos: Para realizar la convocatoria será por escrito a todas las ciudadanas y todos los ciudadanos que conforman el Consejo Educativo, con setenta y dos (72) horas de antelación, incluyendo la Agenda a tratar, acciones comunicacionales y de compromiso     que promuevan    la participación protagónica Los Tipos de Asamblea: Será Ordinaria y Extraordinaria. La Asamblea Ordinaria es aquella que se convoca cada tres (03) meses con la finalidad de abordar y hacer el control y seguimiento de la gestión escolar. La Asamblea Extraordinaria es aquella que se convoca cuando lo amerite el caso de acuerdo al Consejo Educativo. Al inicio de cada año escolar en los primeros quince (15) días se convoca la primera Asamblea Ordinaria con la finalidad de elegir el Consejo Educativo. Los perfiles y criterios de postulación deberán ser definidos, tomando en cuenta la idoneidad, compromiso, solidaridad, ética, valores y principios humanistas sociales, responsabilidad y corresponsabilidad, honestidad, trabajo, disposición de trabajo voluntario y colectivo, participación, justicia y respeto. La Asamblea Ordinaria se convoca cada tres (03) meses en las siguientes fechas , noviembre del 2016,  febrero del 2017 ,  Mayo del 2017. Asimismo, formará parte de los colectivos internos de la escuela y como actores comunitarios participantes activos de la gestión escolar. Se autoriza a  la ciudadana; Clelia Lobo de Guzmán  CI: V Nº  10.073.125, a consignar el presente documento en las instancias administrativas que corresponda, a los 15 días después de la conformación, adjuntando  copia donde consta la asistencia de padres y representantes para realizar mencionado consejo, terminada la reunión se leyó y conforme firman los integrantes de cada comité  Córdova Hassel  CI:V Nº  15.646.604 , (fdo)_______________ Rosales Guerra Yeltsin    CI: V Nº 20.594.774, (fdo) ____________________,Clelia L de Guzmán CI:V Nº 10.073.125  (fdo)_________________________, Marianela Guzmán  CI:V Nº 12.976.375 (fdo)________________________, Verónica Bolívar CI:V Nº 14.838.879 (fdo).__________________   Carmen López  CI:V Nº  6.344.422, (fdo)._____________ Guerra Yanitza  CI:V Nº 8.754.301, (fdo).______________________ Juana Ysabel Martínez CI:V Nº14.966.564, (fdo). Kleivy Coromoto Guzmán    CI:V Nº 19.494.182  (fdo)._____________________ Colina Ana C.I: V Nº  6.861.652 (fdo).________________ Mara Pérez   CI:V Nº 19.398.615 , (fdo)._______________________  Deibely Capote CI:V Nº 23.798.015 (fdo)._________________________  Vanessa Otaiza CI:V Nº  18.914.077, (fdo).______________________ William Briceño   CI:V Nº  13.583.087, (fdo).______________________  Marjorie Urbina  CI: V Nº 15.911.667 (fdo) __________________________________________________________________________
Bajo los principios  de unidad, solidaridad, disciplina, ayuda mutua, honestidad, transparencia con compromisos e intereses de la Asamblea Escolar y de la Patria, queda conformado y adecuado el CONSEJO EDUCATIVO.








a)    Evidencias  digitalización de planillas o documentos
Reflexión sobre lo vivido ¿Quienes trabajaron? ¿Cómo lo socializaron? Aporte o no significativo del diplomado.
Cualquier organización educativa, para que el trabajo sea  eficaz debe ser en equipo, cada logro, avance, que se realiza es un triángulo escuela, familia y comunidad.
Aporte del diplomado se socializo mucho las normas de convivencias, con todas las instituciones educativas, lo que me permitió  realizarle las mejoras al manual de la institución escolar. En cuanto a  la resolución 058, y la conformación de  los consejos educativo cuales son los aspectos positivos y negativos ,  la escalera de la participación fue un trabajo muy interesante

Participante Clelia Lobo de Guzmán
C.I. 10.073.125


     Mi experiencia como directora,  puedo comentar que al principio cuando se hace el cambio de la resolución 751 a la 058 había muchas dudas en cuanto a su conformación, funciones, registros,  sin embargo cada año se fue  mejorando,  cumpliendo con las normas y lineamientos, en asamblea son  elegidos los miembros a través del voto, y registrado el documento antes la autoridades, competente en tres (3) oportunidades  el Preescolar  ha sido beneficiado con aportes de la gobernación y de una empresa privada,  lo principal es contar con estos  requisitos: documento registrado, rif, cuenta bancaria y todo ha sido posible gracias a la participación del consejo educativo,  donde han tenido que buscar los materiales, visitar comercios, conjuntamente con el directivo.

Aspectos positivos:
ü   11  comités conformados
ü  Acompañen al director en su gestión y en todas las actividades donde tengan que hacer acto de presencia
ü  Consejo educativo registrado por taquilla única,  ya no es en el registro
ü  Apertura de cuenta a nombre del consejo Educativo
ü  Cambio del nombre de A.C. civil a Consejo Educativo  en el rif

Aspectos negativos
ü  No fue consultada con los docentes
ü  Según el Dr Tulio  Ramírez, el fin último de esta Resolución no es lograr una mayor eficiencia de la gestión escolar, sino el control de las escuelas oficiales y privadas bajo la mascarada de la participación protagónica, sin embargo en la institución que dirijo no ha sido así
ü  Su registro es por taquilla única en la zona educativa y se tardan en procesarlo, muy al contrario al llevarlo al registro municipal que lo entregan en un lapso de 5 días claro su diferencia radica que debía llevar la firma de un abogado y muchas veces el colegio no tenía dinero para cancelar.

LA ESCALERA DE LA PARTICIPACION

La escalera de la participación infantil de Roger Harth
      En este sentido la escalera en el Centro de educación inicial Estadal Curaciripa, el cual tiene una matrícula de 75 estudiantes, con edades  de 3 a 6 años de edad, 68 representantes, tres docentes, y dos obreras, es una institución cómoda, amplia, ventilada, baños, salones acordes, un parque,  donde la participación  a hablar y a ser escuchados los niños se da desde  el escalón 4 hasta el escalón 6, ya que desde los 3 años de edad realizan exposiciones de temas diversos, cuentos, adivinanzas, Poemas, se expresan de forma clara, el docente también trabaja  de acuerdo al proyecto de aprendizaje, con ayuda de su representante, actividades de acuerdo a los planes y proyectos de la gobernación de Miranda, efemérides, actividades religiosas, culturales del municipio, paseos, desfiles,  dramatizaciones, entre otros.
     Cabe destacar que  los niños y niñas participan en forma espontánea en conversaciones con el docente, que desea realizar, que materiales va a utilizar, sobre su familia, amigos, la asignación de las tareas, porque como bien lo establece los principios básicos de la doctrina de la protección integral, la de reconocer a los mismo como persona, que comprenden, entienden, que pueden aportar, y opinar. Todo ello es con la finalidad que el estudiante a medida que vaya creciendo sea seguro de sí mismo, que pueda expresarse libremente, sin miedo escénico en ningún lugar que le corresponda presentarse a participar.
     Apostar por los niños como ACTORES SOCIALES significa concebir de otra forma la educación, y también otra forma de concebir a los adultos. Roger Hart (1997) señala que:

“No existe una sociedad que ofrezca una amplia gama de oportunidades participativas y democráticas para todos los niños. En algunas sociedades y en algunas culturas, la participación en algunos aspectos de la vida puede estar muy desarrollada y ser muy fomentada. En otras culturas, ese mismo desarrollo puede ser una tarea titánica, pero puede haber oportunidades en otras áreas de la vida social. Es poco probable que en alguna cultura se dé un único gran salto hacia delante en relación al grado de participación de los niños o al tipo de ambiente en el que éstos pueden participar. Por otro lado, los niños pueden ser capaces de cambiar las nociones de las personas con respecto a lo que es posible”.(pág. 10)

     Por ello,  la participación una de las definiciones más completas y aceptadas en la comunidad internacional es la que elabora Roger Hart (1993), quien afirma que “la participación es la capacidad para expresar decisiones que sean reconocidas por el entorno social y que afectan a la vida propia y/o a la vida de la comunidad en la que uno vive”.
     La participación infantil supone “colaborar, aportar y cooperar para el progreso común”, así como generar en los niños, niñas y jóvenes confianza en sí mismos y un principio de iniciativa. Además, la participación infantil ubica a los niños y niñas como sujetos sociales con la capacidad de expresar sus opiniones y decisiones en los asuntos que les competen directamente en la familia, la escuela y la sociedad en general.
     De igual forma, la participación infantil nunca debe concebirse como una simple participación de niños y jóvenes, sino como una participación en permanente relación con los adultos, y debe ser considerada como un proceso de aprendizaje mutuo tanto para los niños como para los adultos.



Reflexiones que tienen como base los contenidos teóricos trabajados en las diferentes sesiones: las diferencias entre DSI y DPI, los principios de la Doctrina de la Protección Integral-

CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO (A)

      Asamblea General de las Naciones Unidas del 20 de Noviembre de 1989 aprobó por unanimidad la Convención sobre los Derechos del Niño.
“La Convención no es meramente una reafirmación de los derechos del niño como persona humana, sino una especificación de estos derechos para las particulares circunstancias de vida y una fuente de derechos propios para niños y adolescentes.”
Para el Dr. Miguel Cillero Bruñol,  “El Interés Superior del Niño en el marco de la Convención Internacional sobre los derechos del niño” Venezuela ratifica la Convención el 29 de Agosto de 1990. Gaceta Oficial Número 34.54.
Para la Profa.  Gloria Perdomo señala que

 “La doctrina de derechos humanos expuesta en la Convención sobre Derechos del Niño (CDN) y en la LOPNNA, contiene los fundamentos de una pedagogía que asume el desafío de formar sujetos responsables participativos e innovadores, conocedores de sus derechos y deberes y comprometidos con sus deberes sociales de solidaridad y respeto a la dignidad de las personas” ( pág. 6)

En este sentido, Perdomo   demuestra  que la “ participación de docentes y comunidades educativas en el conocimiento y aplicación de esta doctrina jurídico-social es una oportunidad para apoyar una transformación profunda de la educación, con vistas a superar esas visiones tradicionales, autoritarias y coercitivas de la enseñanza punitiva, y avanzar hacia modelos educativos centrados en los intereses y realidades de vida de las y de los participantes habilitándoles para la vivencia y contribución a una convivencia de justicia y democracia en las escuelas, familias y comunidades”

ALDEA INFANTILES SOS VENEZUELA· señala  los siguientes aspectos

 Derechos Humanos 

     Son garantías jurídicas universales que protegen a los individuos y a los grupos frente a las acciones que menoscaban, amenazan o violan las libertades fundamentales y la dignidad humana.
     Las normas y principios de derechos humanos obligan a los Estados a respetar, garantizar (prevenir, normar, monitorear, investigar, sancionar, reparar) y asegurar el logro progresivo (no regresividad) de cada uno de los derechos a favor de las personas sin ningún tipo de discriminación.
Derechos Humanos de los NNA
  1. Los derechos humanos de NNA no pueden entenderse como garantías separadas o privilegios a favor de este sector de la población.
  2. Los derechos  humanos del niño, niña y adolescente no solo implican brindar cuidado y protección sino que, adicionalmente, significan RECONOCER, RESPETAR Y GARANTIZAR la personalidad individual del niño, niña y adolescente en tanto titular de derechos y obligaciones.

 La Doctrina de Protección Integral es definida por

Tejeiro (1984) “…se encuentra la búsqueda de la proyección general del niño y el adolescente como entes éticos, el desarrollo de su misma personalidad en términos de sus potencialidades“

Buaiz (S/F) “conjunto de acciones, políticas, planes y programas que con Prioridad Absoluta  se dictan y ejecutan desde el Estado con la firme participación y solidaridad de la Familia y la sociedad para garantizar que todos los niños y niñas gocen de manera efectiva y sin discriminación de los derechos humanos a  la supervivencia, al desarrollo y a la participación, al tiempo que atienda las situaciones especiales en que se encuentran los niños individualmente considerados o determinado grupo de niños que han sido vulnerados sus derechos“.

TRANSFORMACIONES DE LA DOCTRINA DE LA PROTECCION INTEGRAL “       ALDEA INFANTILES SOS VENEZUELA”
Diferencias  entre

Situación Irregular
Protección Integral

         -Al niño se le considera como receptor de la asistencia social y se lo juzga como carente de discernimiento, sin capacidad de manifestar su opinión con eficiencia ni condición ética.
         Es un futuro adulto.
         -Niño objeto de tutela por parte del Estado
         -Incapaz. Negación del ejercicio de sus derechos.
         -Centralización  de decisión sobre su destino en un Juez onmímodo y discrecional
         -Judicialización de los problemas vinculados con la infancia
         -Criminalización de la pobreza

         -Visión del Niño - sujeto de derecho. Los niños son sujetos de derecho frente al Estado y la sociedad. Jurídicamente se les reconoce dotados de la capacidad de hecho.
         - Las necesidades se transforman en derechos (ciudadano dimensión social) Ejercicio y responsabilidad progresiva
         -Creación de canales idóneos para el ejercicio de los derechos
         -Desjudicialización de los problemas sociales
          Corresponsabilidad (Estado, familias y sociedad)




Ficha registro asistencia estudiantil   Septiembre 2016
Nombre del plantel:   C.E.I. "CURACIRIPA"
Región Educativa: CHARALLAVE-CÚA
Municipio: CRISTÓBAL ROJAS
Inicial Primaria Media Total
Matrícula 2015-2016 65 65
Matricula septiembre 2015 62 62
Asistencia el 29 septiembre 2015 48 48
Causas de la inasistencia estudiantil del dia (29 /9/2016), según la escala:
A. frecuencia alta.  M. frecuencia media.  B. frecuencia baja.  N. No es causa
Coloque la letra que a su juicio pondera la causa o las causas: 
(puede escoger una o varias causas)
1. Los alumnos(as) no se han inscrito: M
2. Los alumnos(as) no tienen uniforme: B
3. Los alumnos no tienen útiles escolares: N
4. Los alumnos(as) no tienen libros de texto:
5. El estudiante debe trabajar:
6. El estudiante debe acompañar al representante en las colas :  M
7. Los alumnos están enfermos:  M
8. La delincuencia impide el retorno a clases:  N
9. El local no reune las condiciones para recibir a los estudiantes:  N
10. Dificil acceso afectación de la vialidad   B
11. Falta transporte escolar :  A
12. otras ( señale): Falta de agua en la comunidad,  A
13. parte economica, y queNO  tienen para llevar desayuno  A




P

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Contenido del Portafolio

PORTADA  ORGANIZACIÓN DEL PORTAFOLIO Identificación del plantel Entrada 1   Identidad Institucional Entrada 2  FORMULACION...